sábado, 14 de octubre de 2017

Memfis 2017: El mito de las cero denuncias falsas

El mes pasado salió la memoria de la Fiscalía General del Estado de 2017, incidiendo nuevamente en el "escasísimo porcentaje" de denuncias falsas. Ya comenté el problema con los datos de la fiscalía en uno de mis primeros artículos. El caso, es que eldiario.es ha llegado un poco más allá con esto de minimizar las denuncias falsas con el siguiente titular:


No, no es ningún error. En el cuerpo de la noticia se puede leer (negritas mías):
La Fiscalía General ha presentado su memoria, una radiografía de los delitos cometidos en España durante 2016. El año pasado, según estos datos, no se probó ninguna denuncia falsa por violencia de género, aunque todavía hay en tramitación 14 causas, alguna de las cuales podría terminar en sentencia condenatoria.

¿En serio? ¿Cero denuncias falsas demostradas?

Mi interés en comentar esto es, además de desmentir semejante barbaridad, visibilizar otra manipulación adicional que la Fiscalía General del Estado utiliza para hacer el número de denuncias falsas todavía más pequeño. Al menos, sólo aparentemente.

El truco lo llevan usando desde la Memfis 2016, y consiste en incluir la siguiente frase, que podemos ver en la página 406 de la Memfis 2016:
En esta Memoria, por razones de espacio, haremos referencia exclusivamente a los procedimientos seguidos en el año 2015 por denuncia falsa
Y en la página 459 de la Memfis 2017:
En esta Memoria haremos referencia exclusivamente a los procedimientos seguidos en el año 2016 

¿Y cuál es el problema de hacer esto?

Pues que si un proceso de denuncia falsa comenzó en el año anterior pero no se resuelve hasta el siguiente, no se comenta. Por ejemplo, si un proceso por denuncia falsa comenzó en el año 2014 y se alcanza condena en el año 2015, la memoria de la fiscalía no lo comenta. A su vez, eso quiere decir que para que en el texto de la memoria aparezca que ha habido X condenas por denuncia falsa, eso sólo puede pasar si el proceso comienza y acaba en el mismo año.

Por ejemplo, en la Memfis 2017, página 459:
Se incoaron 16 causas por denuncia falsa. De ellas, en 2 ocasiones se ha acordado el archivo o sobreseimiento provisional mientras que 14 causas siguen en tramitación, habiéndose formulado escrito de acusación en dos de ellas.
Y eso es todo lo que dice que ha sucedido en el año. Luego se pone a comentar el histórico de denuncias falsas desde que la Fiscalía hace "recuento". Si algún proceso incoado por la fiscalía que comenzara en 2015 y se alcanzara condena en 2016 no se comenta.

Pero en los históricos sigue estando

Ciertamente, la memoria incluye la siguiente aclaración sobre las estadísticas de denuncias falsas:
sin perjuicio de reflejar en el cuadro adjunto la evolución de los registrados en años anteriores
Por eso indico anteriormente que no es que "no las cuenten", es que "no las comentan". Contarlas, las cuentan, pero que no se note mucho. Muchos medios simplemente se han hecho eco de las palabras literales o cuasiliterales de la memoria, con lo que no han incurrido en falsedad. Pero en eldiario.es han querido ir un poco más lejos y se han pensado que en el año 2016 se habían quedado 14 causas pendientes y ya.

Nada más lejos de la realidad. Sólo hay que comparar los cuadros resumen de las memorias de 2016 (página 406) y 2017 (página 460) y hacer la cuenta a mano.


Podemos observar que de uno a otro año hay varios incrementos en las condenas de denuncias falsas de los años anteriores, empezando desde 2011. Simplemente restando los totales, sabemos el número de denuncias falsas probadas en el año 2016: 16 casos (79 - 63). Lo que ocurre, claro, es que son 16 casos cuyo comienzo es anterior a 2016. Y, por supuesto, recuerdo una vez más que esto son los casos incoados de oficio por los fiscales, y que los procesos de denuncia falsas que acaban en codena incoados por los hombres denunciados no se cuentan aquí.

Conclusión

En fin. Cuando parecía que no se les podía ocurrir nada más para maquillar las estadísticas, se superan a sí mismos.

lunes, 9 de octubre de 2017

Declaración de la víctima como única prueba de cargo

Seguro que has escuchado alguna vez que "la mera palabra de la mujer basta para condenar a un hombre" o alguna afirmación similar. Por otro lado, hay quien afirma que los testimonios no se aceptan como válidos de cualquier manera y que es necesario que concurran una serie de requisitos para que puedan enervar la presunción de inocencia. El presente artículo trata de arrojar luz sobre este dilema analizando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo.
Nota sobre la juriprudencia:
No me es posible leer todas las resoluciones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo para asegurarme que cuento con toda la jurisprudencia al respecto de la declaración de la víctima en los procesos penales. Humildemente considero que la jurisprudencia presentada en el artículo es extensa, pero en ningún caso debe entenderse completa. Siempre queda la posibilidad de alguna resolución que no haya leído con jurisprudencia relevante.
Casualmente, mientras estaba preparando este artículo, la fiscal Susana Gisbert (sí, la de que la diferencia penal entre hombres y mujeres es un mito [1]) ha publicado un artículo sobre este mismo tema [2]. La citaré al final de mi articulo ya que es un buen ejemplo para exponer el argumento contrario.

¿Qué es la jurisprudencia?

Definición de jurisprudencia

Antes de empezar a comentar sobre este tema, es necesario explicar qué es la jurisprudencia para aquellos lectores ajenos al mundo del derecho. No voy a extenderme demasiado y procuraré centrarme en los detalles relevantes, que no es el objetivo de este artículo. Del diccionario jurídico de la RAE:
Doctrina establecida de forma reiterada por el Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional, al interpretar la Constitución y las leyes. Suele entenderse que la misma doctrina tiene que haberse establecido en dos o más ocasiones para constituir jurisprudencia.
Siguiendo esa definición, esto significa que para entender las leyes vigentes hay que considerar cómo han sido y están siendo aplicadas. Dicho de otra forma, no basta con leerse la ley, sino que hay saber cómo se aplica. La consecuencia de la existencia de la jurisprudencia es que un caso análogo a otro anterior se resuelve de la misma manera.

Un Juez o Tribunal puede dictar sentencia saltándose la doctrina establecida por el Tribunal Supremo, pero en ese caso dicha sentencia puede ser recurrida en casación por no respetar la doctrina. No obstante, el Tribunal Supremo puede crear nueva doctrina asentando nueva jurisprudencia que sustituye a la anterior, adaptándose a los cambios sociales.

Este es otro punto importante: La jurisprudencia cambia a lo largo del tiempo. El análisis de los cambios en la jurisprudencia a lo largo del tiempo es un buen método para conocer la evolución de la aplicación de las leyes.

¿Quién puede crear jurisprudencia?

En el caso de España, el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia en lo que concierne a las leyes autonómicas y el Tribunal Constitucional como intérprete de la Constitución.

¿Qué requisitos hacen falta para crear jurisprudencia?

Los requisitos nos los recuerda el mismo Tribunal Supremo en, por ejemplo, Sentencia 687/2003 [4], en su fundamento segundo:
El motivo se desestima porque es doctrina reiterada de esta Sala de que no basta la cita de una sentencia para acusar una infracción de la doctrina jurisprudencial con eficacia casacional, se requieren por lo menos dos, y que tampoco basta la cita de frases aisladas de la sentencia, sino que hay que probar la sustancial analogía entre los hechos de las sentencias precedentes y los del supuesto sometido al recurso (sentencias de 15 de febrero de 1.982 y las que se citan en ella)
Vemos que hacen falta dos sentencias y que la referencia tenga sentido para el caso para el que se invoca la jurisprudencia. Así pues, siguiendo esos requisitos, cito una segunda Sentencia para justificar que los requisitos para sentar jurisprudencia, son jurisprudencia. De la Sentencia 499/2003 [5] en su fundamento segundo:
Para  que  la  jurisprudencia  cumpla  su  función  complementaria  es  necesario  que  posea  los  siguientesrequisitos, según doctrina constante del Tribunal Supremo:
.- Una cierta dosis de estabilidad de los criterios o doctrinas, manifestada en la reiteración de su utilizacióno aplicación.
.- Es necesario que los criterios o doctrinas hayan sido utilizados como razón básica para adoptar la decisión("ratio decidendi"). No tiene, por consiguiente, valor de jurisprudencia las afirmaciones que el Tribunal Supremopuede haber hecho con carácter indicidental o como argumentaciones subsidiarias o a mayor abundamiento("obiter dicta").
Aquí vemos que aparece un nuevo criterio acerca de que la jurisprudencia debe emanar de crierios utilizados como razón básica para adoptar una decisión. Como no es suficiente (necesito al menos dos), cito una tercera sentencia, la Sentencia 245/1982 [6], que en su cuarto considerando dice (cambios de formato para una mejor lectura):
Que es sabido que para que la Jurisprudencia tenga esa transcendencia normativa que nuestro Derecho le reconoce ( artículo primero, seis, Código Civil ) y a la vez eficacia como precedente, son precisos los siguientes requisitos:
a) varias sentencias contestes, expresivas de un criterio uniformemente reiterado ( sentencias de ocho de noviembre de mil novecientos cuarenta y seis , catorce de noviembre de mil novecientos cincuenta y uno, veintisiete de marzo de mil novecientos cincuenta y dos , etc.);
b) sustancial analogia entre los hechos de las sentencias precedentes y los del supuesto sometido al recurso o hecho litigioso nuevo, y
c) consecuentemente que los supuestos de hecho ya resueltos y los que se traen al recurso postulen o exijan la aplicación de la misma norma por convenirles de modo natural o lo que es lo mismo, que la "ratio decidendi" sea la misma en todos los casos sin consideración de los "dictum", o argumentos circunstanciales, no predeterminantes del fallo, que es el destinatario propio del recurso.
Y con esto, los tres criterios han aparecido al menos dos veces cada uno. Resulta curioso que los requisitos para sentar jurisprudencia, sean a su vez jurisprudencia.

¿Es posible condenar sólo con el testimonio de la víctima?


Sí, es posible condenar sólo con el testimonio de la víctima.

Para justificar esto, vamos a ver la Sentencia del Tribunal Constitucional 229/1991 [7], en su fundamento 4 (negritas mías):
Como hemos manifestado reiteradamente (así en SSTC 201/1989 y 160/1990) en ausencia de otros testimonios, la declaración del perjudicado [...], practicada normalmente en el juicio oral con las necesarias garantías procesales, tiene consideración de prueba testifical, y, como tal, puede constituir válida prueba de cargo, en lo que puede basarse la convicción del Juez para la determinación de los hechos del caso
 ¿Y qué es eso de "prueba de cargo"? Una prueba se denomina "de cargo" cuando está dirigida a demostrar la culpabilidad del acusado y puede ser suficiente para enervar la presunción de inocencia del acusado (o sea, para condenarlo). Es necesario, para alcanzar una condena, que se presente al menos una prueba de cargo en el juicio.

Así pues, un testimonio puede (insisto, puede) ser considerado prueba de cargo y, a su vez, ser suficiente para alcanzar una condena.

Pero, ¿no sería mi palabra contra la suya?

Una creencia bastante extendida es que, en un juicio, si ambas partes dan versiones opuestas y no hay más pruebas, no se puede condenar debido a la presunción de inocencia. Esta creencia va en contra de lo visto en el título anterior, en el cual hemos afirmado que el testimonio del perjudicado puede ser suficiente para alcanzar una condena.

Pero, ¿de dónde viene esta creencia? Por ejemplo, vamos a ver la Sentencia 252/2017 [8] de la sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid, en su fundamento segundo:
el recurrente sostiene en su escrito, que la sentencia razona para sustentar su pronunciamiento absolutorio, la concurrencia de versiones contradictorias entre las partes. Sin embargo, considera quien recurre suficiente su testimonio como prueba de cargo
Esta sentencia es una apelación ante la absolución del acusado en primera instancia, y es un ejemplo de caso en el que acusación y acusado presentan versiones diferentes y el juez no condena porque es la palabra de uno contra la de otro. Más específicamente, lo que ocurre es que el juez no ha considerado la declaración de la víctima sea suficiente para considerarla como prueba de cargo y, por tanto, no condena al acusado. En la sentencia de apelación, el juez de la Audiencia Provincial confía en el criterio del juez de primera instancia en su valoración de los testimonios y ratifica la absolución.

El resto del presente artículo comenta casos en los que el testimonio de la víctima ha tenido consideración de prueba de cargo y se ha condenado debido a ello. Sirva cualquiera de ellos como ejemplo del caso contrario al mostrado en este título.

Impunidad en la intimidad

Consideremos este caso: Una chica afirma haber sido violada. Se realizan las exploraciones oportunas encontrando evidencias de que ha habido una relación sexual. En el juicio, ambos admiten que han existido dichas relaciones pero ella dice que se negó y que se resistió, y él que fueron consentidas. No hay ninguna lesión incompatible con una relación consentida y los restos biológicos sólo confirman que hubo una relación.

En una situación como esta, que se reduce a la palabra de uno contra la de otro, no se podría condenar si aplicáramos el dicho de "es mi palabra contra la suya". Sin embargo, el Tribunal Supremo dice que nadie debe resultar perjudicado debido a que el delito sucede en la intimidad. En la Sentencia 104/2002 [9]:
debemos recordar que existe una reiterada doctrina que estima suficiente como prueba de cargo la declaración de la víctima en delitos contra la libertad sexual, por ser lo usual que se produzca en la soledad entre agresor y víctima, no debiendo sufrir ésta las consecuencias de un escenario elegido por el agresor. Dicho en palabras de la sentencia de esta Sala de 24 de Noviembre de 1987, nadie ha de sufrir el perjuicio de que el suceso que motive el procedimiento penal se desarrolle en la intimidad de la víctima y del inculpado
Y como hacen falta dos sentencias, también en la Sentencia 1845/2000 [10]:
El Tribunal, en el primero de sus fundamentos e in extenso justifica el juicio de certeza objetivado en el factum sobre la autoría del recurrente en base a las declaraciones de la menor, Lorenza, reconociendo que como prueba de cargo "....poco más hay que la declaración de la víctima...." frase que retoma el recurrente para afirmar que dicha prueba no es suficiente para condenar. Nada más lejos, profundizando en la reflexión con que se inicia el Fundamento Jurídico que se comenta relativo a la intimidad en que se suelen cometer los delitos contra la libertad sexual, de lo que resulta que la prueba solo suele estar en la declaración de la víctima, debemos recordar la sentencia de esta Sala de 24 de Noviembre de 1987 que ya declaró que nadie ha de sufrir el prejuicio de que el suceso que motive el procedimiento penal se desarrolle en la intimidad de la víctima y del inculpado, existiendo una consolidada doctrina de esta Sala que tiene declarada la aptitud del testimonio de la víctima para provocar el decaimiento de la presunción de inocencia
A mayor abundamiento, esta [11] es la sentencia de 24 de Noviembre de 1987 que aparece citada en ambos casos. Hay que recalcar que esta jurisprudencia se refiere sólo a casos de delitos contra la libertad sexual.

De casos como estos surge la necesidad de que exista la posibilidad de usar el testimonio de la víctima como prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia.

El delito de falso testimonio

Lógicamente, si vamos a considerar que el testimonio de una persona puede ser suficiente para enervar la presunción de inocencia, resulta razonable que exigir alguna garantía sobre dicho testimonio.

En el artículo 458 del Código Penal [12] tenemos el delito de falso testimonio:
Artículo 458.
1. El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.
2. Si el falso testimonio se diera en contra del reo en causa criminal por delito, las penas serán de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. Si a consecuencia del testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrán las penas superiores en grado.
Hay que tener en cuenta que el acusado no es un testigo, con lo que, a pesar de que mienta, nunca incurrirá en este delito. Si se pilla al acusado mintiendo es, normalmente, porque es culpable de lo que se le está juzgando y será condenado con el delito correspondiente.

La persona denunciante, sin embargo, sí que es un testigo y está obligada a decir la verdad o incurrir en el delito de falso testimonio. De esta manera se consigue una garantía en el testimonio de la acusación. Por supuesto, como todo delito, debe demostrarse, existiendo la posibilidad de que el juez pueda no decantarse por ninguno de los dos extremos. Dicho de otra forma, que el juez no haya considerado el testimonio como prueba de cargo implica que no es suficiente para condenar, no que el testigo mienta (incluso aunque el motivo de que el testimonio se rechace como prueba de cargo sea la sospecha de que puede estar mintiendo).

Este delito debe existir ya que, de otra forma, bastaría la denuncia contínua contra una persona para enviarla a la cárcel, simplemente con que en una de esas denuncias el juez considerara el testimonio como prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia del acusado.

Conclusión, sí se puede condenar

Visto todo lo anterior, es falso que "como es la palabra de uno contra la de otro no se puede condenar". Sí se puede condenar. Todo depende de si el juez considera el testimonio de la denunciante como prueba de cargo o no.

La necesidad existe para evitar situaciones de impunidad como las comentadas en este apartado y se ampara a los acusados falsamente mediante el delito de denuncia falsa.

Quiero recalcar, que el objetivo de este apartado es demostrar que la posibilidad de condena con el testimonio del afectado como única prueba es posible, y comentar los aspectos legales y jurisprudenciales alrededor de la existencia de esta posiblidad. Nos queda por ver cómo se gestiona esa posibilidad, o sea, si los jueces siguen algún criterio a la hora de aceptar testimonios como pruebas de cargo.

Los tres requisitos

Vamos a empezar por la Sentencia de 28 de Septiembre de 1988 [13], en su fundamento tercero (formateado para mejor lectura):
Es llano que para la credibilidad de una prueba testifical de cargo producida en tales condiciones, se han de rellenar cuando menos las notas siguientes:
1.ª Ausencia de incredibilidad subjetiva, derivada de las relaciones procesado/víctima que pudieran conducir a la deducción de existencia de un móvil de resentimiento o enemistad que privase al testimonio de aptitud para generar ese estado subjetivo de certidumbre en que la convicción judicial estriba esencialmente.
2.ª Verosimilitud. El testimonio, que no es propiamente tal, t cuanto la víctima puede mostrarse parte en la causa ( artículos 109 y 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ), ha de estar rodeado de ciertas corroboración periféricas de carácter objetivo que le doten de aptitud probatoria. En definitiva ( artículo 406 de la citada Ley), lo decisivo es la constatación de real existencia de hecho.
3.º Persistencia en la incriminación. Esta ha de ser prolongada en el tiempo, plural, sin ambigüedades ni contradicciones, con arreglo a los clásicos.
Seguimos con la Sentencia de 1 de Febrero de 1994 [14], en su fundamento primero (formateado para mejor lectura):
el testimonio de la víctima [...] es una declaración de ciencia valorable por el tribunal siempre que, como ya señaló la S. de 28 de septiembre de 1988, se den las condiciones siguientes:
a) Falta de incredibilidad subjetiva derivada de un costatado móvil espurio: resentimiento, enemistad, etc.
b) Verosimilitud proporcionada por corroboraciones objetivas periféricas.
c) Persistencia en la incriminación: prolongada en el tiempo, plural y sin ambigüedades ni contradicciones
Observamos en las citas las expresiones "se han de rellenar cuando menos las notas siguientes" y "siempre que [...] se den las condiciones siguientes". Así pues, según la doctrina citada, es necesario que concurran esos tres requisitos. No quedaría eliminada totalmente la posibilidad de una condena debido a un testimonio falso (uno bien preparado), pero se minimiza y, a la vez, se otorgan algunas garantías sobre la condena.

Este criterio todavía se sigue utilizando. Por ejemplo, lo podemos ver en la Sentencia 247/2018 [15] de violencia de género.
Debemos recordar que esta Sala del Tribunal Supremo ha señalado, entre otras Sentencia 172/2017 de 21 Mar. 2017, Rec. 1705/2016 que:
"1) La doctrina de esta Sala y del T. Constitucional señala la aptitud de la sola declaración de la víctima para provocar el decaimiento de la presunción de inocencia, pero es necesario observar especiales cautelas por hallarnos ante un testimonio de singulares connotaciones. La jurisprudencia ha venido exigiendo un control sobre el testimonio de la víctima que permita aquilatar la veracidad o inveracidad de lo declarado. Estos parámetros de control son:
a) Ausencia de incredibilidad subjetiva, lo que excluye todo móvil de resentimiento, enfrentamiento o venganza.
b) Verosimilitud, que se da cuando las corroboraciones periféricas abonan por la realidad del hecho.
c) Persistencia y firmeza del testimonio".

Esto viene a ser una forma de decir que "la palabra de la víctima basta, pero no cualquier palabra", ya que es necesario que siempre concurran determinados requisitos. Así que, todo bien, ¿no? Nada más lejos de la realidad, pues la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los tres requisitos no se agota aquí.

Casos que no dejan evidencias

¿Qué pasaría en un caso en el que alguien decide manipular las evidencias para no dejar huella? ¿O qué pasaría si se denuncia un delito que no deja ningún rastro? Como uno de los requisitos para aceptar el testimonio de la víctima exige la existencia de corroboraciones periféricas objetivas, dado que dichas corroboraciones no pueden realizarse, entonces no podría aceptarse el testimonio por falta de dichas corroboraciones, ¿no? Vamos a ver que dice la jurisprudencia.

Voy a citar la Sentencia 229/2000 [16] que en el apartado 5 de su fundamento tercero detalla los tres requisitos. Aunque no lo necesito, voy a citar los tres requisitos al completo, ya que es una gran explicación que abunda en los muchos detalles que se valoran en un testimonio. Si no te interesa, sáltate la cita ya que después cito la parte relevante para este apartado.
Las notas que el testimonio de la víctima ha de reunir para merecer una razonable credibilidad como prueba de cargo y que actúan como parámetros de la estructura racional del proceso valorativo, son:
A) Ausencia de incredibilidad subjetiva, que pudiera resultar de sus características o de sus circunstancias personales. En este punto dos son los aspectos subjetivos relevantes:
a) Sus propias características físicas o psico-orgánicas, en las que se ha de valorar su grado de desarrollo y madurez (no es lo mismo un mayor de edad que un menor, o un niño) y la incidencia que en la credibilidad de sus afirmaciones pueden tener algunas veces ciertos trastornos mentales o enfermedades como el alcoholismo o la drogadicción.
b) La inexistencia de móviles espurios que pudieran resultar bien de las tendencias fantasiosas o fabuladoras de la víctima, como un posible motivo impulsor de sus declaraciones, o bien de las previas relaciones acusadovíctima, denotativas de móviles de odio o de resentimiento, venganza o enemistad, que enturbien la sinceridad de la declaración haciendo dudosa su credibilidad, y creando un estado de incertidumbre y fundada sospecha incompatible con la formación de una convicción inculpatoria sobre bases firmes; pero sin olvidar también que aunque todo denunciante tiene por regla general interés en la condena del denunciado, no por ello se elimina de manera categórica el valor de sus afirmaciones ( Sentencia de 11 de mayo de 1994).

B) Verosimilitud del testimonio, basada en la lógica de su declaración y el suplementario apoyo de datos objetivos. Esto supone:
a) La declaración de la víctima ha de ser lógica en sí misma, o sea no contraria a las reglas de la lógica vulgar o de la común experiencia, lo que exige valorar si su versión es o no insólita, u objetivamente inverosímil por su propio contenido.
b) La declaración de la víctima ha de estar rodeada de corroboraciones periféricas de carácter objetivo obrantes en el proceso; lo que supone que el propio hecho de la existencia del delito esté apoyado en algún dato añadido a la pura manifestación subjetiva de la víctima ( Sentencias de 5 de junio de 1992; 11 de octubre de 1995; 17 de abril y 13 de mayo de 1996; 29 de diciembre de 1997). Exigencia que, sin embargo habrá de ponderarse adecuadamente en delitos que no dejan huellas o vestigios materiales de su perpetración ( art. 330 LECr.), puesto que como señala la Sentencia de 12 de junio de 1996 el hecho de que en ocasiones el dato corroborante no puede ser contrastado no desvirtúa el testimonio si la imposibilidad de la comprobación se justifica en virtud de las circunstancias concurrentes en el hecho. Los datos objetivos de corroboración pueden ser muy diversos: lesiones en delitos que ordinariamente las producen; manifestaciones de otras personas sobre hechos o datos que sin ser propiamente el hecho delictivo atañen a algún aspecto fáctico cuya comprobación contribuya a la verosimilitud del testimonio de la víctima; periciales sobre extremos o aspectos de igual valor corroborante; etc.

C) Persistencia en la incriminación, que debe ser mantenida en el tiempo, y expuesta sin ambigüedades ni contradicciones. Este factor de ponderación supone:
a) Persistencia o ausencia de modificaciones en las sucesivas declaraciones prestadas por la víctima sin contradecirse ni desdecirse. Se trata de una persistencia material en la incriminación, valorable "no en un aspecto meramente formal de repetición de un disco o lección aprendida, sino en su constancia sustancial de las diversas declaraciones" ( Sentencia de 18 de junio de 1998).
b) Concreción en la declaración que ha de hacerse sin ambigüedades, generalidades o vaguedades. Es valorable que especifique y concrete con precisión los hechos narrándolos con las particularidades y detalles que cualquier persona en sus mismas circunstancias sería capaz de relatar.
c) Coherencia o ausencia de contradicciones, manteniendo el relato la necesaria conexión lógica entre sus diversas partes. 
Y aquí podemos ver una excepción en el segundo requisito (el que exige la existencia de corroboraciones periféricas):
Exigencia que, sin embargo habrá de ponderarse adecuadamente en delitos que no dejan huellas o vestigios materiales de su perpetración ( art. 330 LECr.), puesto que como señala la Sentencia de 12 de junio de 1996 el hecho de que en ocasiones el dato corroborante no puede ser contrastado no desvirtúa el testimonio si la imposibilidad de la comprobación se justifica en virtud de las circunstancias concurrentes en el hecho
La sentencia, concretamente, es la 505/1996 de 12 de Julio de 1996 [17] (está mal citada en el cuerpo de la sentencia), que al final de su fundamento primero y su fundamento segundo dice:
El hecho de que, en ocasiones, el dato corroborante no pueda ser contrastado no desvirtúa el testimonio si la imposibilidad de la comprobación se justifica en virtud de las circunstancias concurrentes en el hecho.
2.- [...] El Tribunal sentenciador admite que en el reconocimiento médico no se encontraron señales demostrativas de violencia pero ello se explica porque la víctima tardó más de diez días en ser reconocida.
La parte recurrente pone especial énfasis en destacar las contradicciones observadas en las diferentes versiones que la madre y la hija dan sobre el estado en que quedó la malla de gimnasia que llevaba puesta. El hecho de que la citada prenda no presentara signos de violencia ni restos de esperma se explica suficientemente porque, según se dice en el folio 97, fue reparada antes de entregarla en el Juzgado y respecto de los restos de semen fue imposible hacer un dictamen pues había sido lavada previamente.
Ante todo este cúmulo de circunstancias no es posible encontrar elementos corroborantes de la tesis exculpatoria del recurrente, permaneciendo intacta la versión de la víctima que, por otro lado, ha sido percibida de manera directa e inmediata por el Tribunal sentenciador, que ha gozado de una capacidad de valoración que no es posible desarrollar en este trámite.
Por lo expuesto el motivo debe ser desestimado.
Este es un caso en el que, según el testimonio de la víctima, tendría que haber una serie de corroboraciones periféricas (signos de violencia en la víctima, signos de violencia en la ropa y rastros de semen), pero que debido a una serie de circunstancias, dichas comprobaciones no han podido realizarse. Sin embargo, esto no es óbice para declarar la culpabilidad del acusado.

De la jurisprudencia anterior, se deduce que este tipo de casos tienen cuatro posibles variantes:
  • Que si un perpetrador decide eliminar las evidencias para evitar las posibles corroboraciones periféricas, ello no va a librarle necesariamente de la condena (igualmente si dichas evidencias se eliminan accidentalmente), ya que el testimonio la víctima no tendrá que cumplir con el segundo requisito.
  • Que si un perpetrador comete un delito que, por su propia naturaleza, no deja rastros, ello no va a librarle necesariamente de la condena, ya que el testimonio la víctima no tendrá que cumplir con el segundo de los tres requisitos.
  • Que una denunciante falsa puede manipular las evidencias para justificar la no existencia de corroboraciones periféricas, ayudándola a ignorar el segundo requisito. Mientras pueda encontrar explicaciones plausibles para la ausencia de indicios periféricos, su testimonio no se desvirtúa.
  • Que una denunciante falsa puede denunciar un delito que, por su naturaleza, no deja huellas, con lo que su testimonio ignora el segundo requisito (siendo la historia verosimil).

Conclusión

La jurisprudencia alrededor de los tres requisitos es clara. El Tribunal Supremo establece que han de cumplirse los ya mencionados tres requisitos para que un testimonio pueda ser utilizado como prueba de cargo (con la excepción mencionada para casos especiales).

Porque, claro, esta jurisprudencia sigue vigente tal cual y no ha cambiado, ¿verdad?

Criterios, que no exigencias


El vacío probatorio

Vamos a comenzar por la Sentencia 1029/1997 [18] del Tribunal Supremo. Tras comentar los tres requisitos ya discutidos en el apartado anterior, la sentencia comenta en su fundamento quinto que (negritas mías):
En el caso actual no se cumplen ninguno de dichos requisitos, por lo que la referida declaración carece de valor probatorio como prueba de cargo apta para desvirtuar por sí sola la presunción constitucional de inocencia. No se trata de que la declaración de la denunciante adolezca de alguno de dichos requisitos, lo que podría calificarse como una cuestión valorativa, valoración que incumbe al Tribunal sentenciador, sinó que la carencia es aplicable a los tres, lo que determina un vacío probatorio que no permite fundamentar una sentencia condenatoria. Una condena en tales condiciones vacía de contenido efectivo el derecho a la presunción de inocencia, pues la acusación se da por probada por sí misma, trasladando la carga de la prueba de su inocencia al propio acusado, determinando además su indefensión cuando, como sucede en este caso, la indeterminación temporal y circunstancial de los cargos imposibilita, en la práctica, la acreditación de su eventual falsedad
Este párrafo contiene varios elementos interesantes que paso a desgranar.
  • Estamos en un caso en el que no se cumplen ninguno de los requisitos exigidos por el Tribunal Supremo y aun así, la Audiencia Provincial de Bilbao procedió a condenar al acusado, denunciado por la Asociación Clara Campoamor. Este, supongo, es uno de los casos que nos dicen que no ocurren pero, aun así, ya sabemos con leer el párrafo citado que el Tribunal Supremo enmendó el error y absolvió al acusado. 
  • La sentencia afirma que si el testimonio de la denunciante hubiera carecido de alguno de dichos requisitos, podría calificarse de "cuestión valorativa" el aceptar el testimonio como prueba de cargo. Ah, pero, ¿no eran requisitos que siempre tenían que cumplirse? Dejo la pregunta en el aire y la retomaré más adelante.
  • La sentencia afirma que, al no concurrir ninguno de los tres requisitos, ello determina un "vacío probatorio". Y abunda indicando que "una condena en tales condiciones" vulnera "el derecho a la presunción de inocencia [...] trasladando la carga de la prueba de su inocencia al propio acusado".
Veamos ahora la Sentencia 229/2000 [16] (sí, la misma que la del apartado anterior), que después de soltar esto (apartado 5 del fundamento tercero, citado al completo en el apartado anterior) :
Las notas que el testimonio de la víctima ha de reunir para merecer una razonable credibilidad como prueba de cargo
Dando a entender que los requisitos son obligatorios (por que "ha de reunirlos"), resulta que, en el fundamento cuarto (negritas mías):
No se aprecia en este trámite casacional falta de lógica alguna en la estructura racional de esa valoración en conciencia, aunque de los tres factores de racionalidad el primero no coadyuve a una valoración favorable. Pero debe recordarse que no se trata de condiciones objetivas de validez sino de criterios de valoración, de modo que la estructura racional de esa valoración será tanto mayor o menor cuanto mayor o menor sea su coincidencia con tales criterios. Si la carencia es aplicable a los tres ello supondrá una valoración no razonable, pero cuando sólo adolezca de alguno la razonabilidad dependerá de la relevancia de los demás en cada caso concreto. En el presente caso basta, pues, constatar: que la prueba de cargo existió con contenido incriminatorio suficiente, y plena validez y licitud; y que su valoración por la Sala no resulta irrazonable, absurda o ilógica.
Por lo expuesto el motivo debe ser desestimado.
De nuevo, varios elementos que hay que señalar.
  • Estamos en un caso en el que el testimonio de la víctima no satisface el primero de los requisitos que establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo. A pesar de ello, la sentencia es condenatoria.
  • La sentencia afirma que los requisitos no son requisitos, sino "criterios de valoración". De forma que cuanto más se cumplan los criterios el testimonio tendrá más valor y cuanto menos, pues menos. Esta es la "cuestión valorativa" mencionada anteriormente.
  • La sentencia afirma que si no se cumpliera ninguno de los tres criterios, ello supondría "una valoración no razonable" (el vacío probatorio de antes).
  • La sentencia afirma (basándose en los puntos anteriores) que la falta de alguno de los criterios no supone necesariamente el rechazo del testimonio sino que dependerá de "cada caso en concreto".
Vamos a ver otra más, la Sentencia 511/2004 [19], en su fundamento primero:
Estos criterios no pueden ser considerados como reglas de apreciación tenidas como obligatorias, pues no ha de olvidarse que la valoración de la prueba ha de obtenerse en conciencia (art. 741) y ha de ser racional (art. 717). Se trata de criterios orientativos a tener en cuenta por el tribunal y que posibilitan la motivación de la convicción que, se reitera, la ley exige sea racional.
Aquí vemos que la sentencia comenta que los criterios no son obligatorios, sino "orientativos".

Esto no es jurisprudencia antigua, veamos algunas sentencias recientes que repiten que el testimonio es válido para enervar la presunción de inocencia aunque adolezca de alguno de los criterios y que la ausencia de los tres criterios hace inviable apoyar una condena en dicho testimonio. En el fundamento cuarto de la Sentencia 355/2015 [20] (negritas mías):
Para verificar la estructura racional del proceso valorativo de la declaración testifical de la víctima, el Tribunal Supremo viene estableciendo ciertas notas o parámetros que, sin constituir cada una de ellas un requisito o exigencia necesaria para la validez del testimonio, coadyuvan a su valoración, pues la lógica, la ciencia y la experiencia nos indican que la ausencia de estos requisitos determina la insuficiencia probatoria del testimonio, privándole de la aptitud necesaria para generar certidumbre.

[...]
La deficiencia en uno de los parámetros no invalida la declaración, y puede compensarse con un reforzamiento en otro, pero cuando la declaración constituye la única prueba de cargo, una deficiente superación de los tres parámetros de contraste impide que la declaración inculpatoria pueda ser apta por sí misma para desvirtuar la presunción de inocencia, como sucede con la declaración de un coimputado sin elementos de corroboración, pues carece de la aptitud necesaria para generar certidumbre.
La Sentencia 618/2017 [21] cita la anterior sentencia en su fundamento primero, apartado 4:
Estos parámetros consisten en el análisis del testimonio desde la perspectiva de su credibilidad subjetiva, de su credibilidad objetiva y de una persistencia en la incriminación que precisamente se proyecta y vigoriza los dos primeros, aún cuando - como decíamos en nuestra sentencia 355/2015, de 28 de mayo «La deficiencia en uno de los parámetros no invalida la declaración, y puede compensarse con un reforzamiento en otro, pero cuando la declaración constituye la única prueba de cargo, una deficiente superación de los tres parámetros de contraste impide que la declaración inculpatoria pueda ser apta por sí misma para desvirtuar la presunción de inocencia».

Como curiosidad, veamos la Sentencia 255/2017 [22], que en su fundamento 14 comenta:
La STS 815/2013, de 5 de noviembre explica que, cuando en cada uno de los tres parámetros clásicos utilizados para testar la credibilidad de las declaraciones prestadas por la víctima aparecen deficiencias, ha de concluirse en su inhabilidad en general para derrotar a la presunción de inocencia.
Esta última sentencia es, además, un ejemplo de esos casos que no ocurren en que alguien es condenado a pesar de considerarse que el testimonio no cumple con la tríada de criterios habitual. De nuevo, el Tribunal Supremo se ve obligado a enmendar el error de la Audiencia Provincial y proceder a la absolución del acusado.

¡Vaya! Pues sí que ha cambiado el cuento. Ahora resulta que no es que haya alguna excepción, es que resulta que los requisitos que siempre se tenían que cumplir (de ahí lo de denominarlos "requisitos"), resulta que no son requisitos, son "criterios de valoración". Ello tiene como consecuencia que, si las circunstancias del caso son propicias, es posible que el testimonio sea prueba de cargo aunque no se satisfagan algunos de los criterios, pero no todos. En el caso de que existan deficiencias en los tres criterios, el testimonio no puede darse por válido.

¿Criterios? ¿Qué criterios?

Existen otras sentencias entre las resoluciones del Tribunal Supremo que si bien no parecen constituir una doctrina consolidada, merecen su mención por su singularidad.

Vamos a empezar por la Sentencia del Tribunal Supremo 833/2005 [23], en su fundamento 2:
Sin embargo, hemos de establecer claramente que la jurisprudencia de esta Sala no ha establecido la necesidad de cumplir unos requisitos rígidos para que la declaración de la víctima pueda ser valorada como prueba de cargo suficiente, de manera que si se demuestra su concurrencia haya de concluirse necesariamente que existe prueba y si no se aprecian, también necesariamente hubiera de afirmarse que tal prueba no existe.
Y aquí se olvidan del "vacío probatorio" comentado en el título anterior. Si en la declaración de la víctima no se aprecian ninguno de los tres "requisitos", ello no implica que el testimonio no pueda utilizarse como prueba de cargo contra el acusado.

Existe otra jurisprudencia que se repite en varias sentencias del Tribunal Supremo, siempre con el mismo texto (o cambios mínimos). Alguna de ellas son 584/2014 [24], 794/2014 [25], 734/2015 [26], 870/2016 [27] y la 337/2018 [28]. En estas sentencias se puede leer lo siguiente:
No se está definiendo con esa tríada de características un presupuesto de validez o de utilizabilidad. Son orientaciones que ayudan a acertar en el juicio. Son puntos de contraste que no se pueden soslayar. Pero eso no significa que cuando se cubran las tres condiciones haya que otorgar "por imperativo legal" crédito al testimonio. Ni, tampoco, en sentido inverso, que cuando falte una o varias, la prueba ya no pueda ser valorada y, ex lege, por ministerio de la ley -o de la doctrina legal en este caso-, se considere insuficiente para fundar una condena.

Ni lo uno ni lo otro.
Y aquí nos lo vuelven a repetir. Que se cumplan todos los requisitos no implica que el testimonio sea cierto. Que se no se aprecien todos los requisitos tampoco implica que el testimonio sea falso. Bueno, ahí pone "que falte una o varias", eso pueden ser dos, ¿no? O sea, no dice explícitamente que puedan faltar los tres criterios y que el testimonio sea válido. No pasa nada, la sentencia nos lo aclara más adelante (negritas mías):

y, según los casos, también es perfectamente imaginable que una sentencia condenatoria tome como prueba esencial la única declaración de la víctima ayuna de elementos corroboradores de cierta calidad, que ha sido fluctuante por ocultar inicialmente datos o por cambios o alteraciones en las diferentes declaraciones; y pese a detectarse una animadversión dilatada en el tiempo entre víctima y acusado, siempre que el Tribunal analice cada uno de esos datos y justifique por qué, pese a ellos, no pueden albergarse dudas sobre la realidad de los hechos y su autoría (aunque no es lo más frecuente, tampoco es insólito encontrar en los repertorios supuestos de este tenor).
Y ahí lo tenemos. Que si faltan los tres criterios que no pasa nada, que el testimonio puede darse por bueno siempre que se razone. Pero además indica que, aunque no es lo más frecuente, "tampoco es insólito encontrar en los repertorios supuestos de este tenor". Por si alguien tenía dudas, ahí tenemos a un magistrado del Tribunal Supremo diciendo que, de vez en cuando, se condena sin cumplir ninguno de los tres criterios. En este mismo artículo he proporcionado dos ejemplos (las Sentencias 255/2017 y 1029/1997) de apelaciones al Tribunal Supremo de condenas por parte de una Audiencia Provincial en las que no se satisfacían ninguno de los tres criterios.

Conclusión

Los requisitos ya no son requisitos sino criterios. En los últimos veinte años no se ha exigido por parte del Tribunal Supremo el cumplimiento de los tres criterios para conseguir una condena. También se afirma reiteradamente que no es posible basar una condena en el testimonio de la víctima si dicho testimonio adolece de los tres criterios simultáneamente.

Os dejo con esta tabla resumen de lo que he comentado a lo largo del artículo:


El argumentario feminista

Voy a utilizar el artículo [2] de Susana Gisbert, fiscal de violencia contra la mujer de la Audiencia Provincial de Valencia, sobre este mismo tema como ejemplo.

Lo primero de todo, tengo que demostrar que Susana Gisbert es feminista, para lo cual me dirijo a el artículo "Soy feminista, pero..." [29] que publicó en el sitio Tribuna Feminista en el que podemos leer:
Soy feminista. Sin peros.
Bueno, como se suele decir: blanco y en botella.

Son criterios orientativos, no requisitos

La parte relevante de su artículo sobre la declaración de la víctima es esta (negritas mías):
Y así, según es bien sabido, el Tribunal Supremo establece que el testimonio de la víctima constituye por sí solo prueba bastante para enervar la presunción de inocencia siempre que concurran determinados requisitos: verosimilitud, persistencia en la incriminación y ausencia de móviles espurios como resentemiento o venganza.
Bueno, ya hemos visto que eso de que "siempre que concurran determinados requisitos" es faltar a la verdad. Para ello simplemente hay que citar la abultada jurisprudencia que he calificado del "vacío probatorio", que permite la condena del acusado siempre que cumpla al menos uno de los criterios (que no requisitos) de valoración ya mencionados.

Y además dice que es "bien sabido", cultura general, vox populi. No puede ser que una fiscal de violencia contra la mujer comente la jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto y se deje de mencionar una jurisprudencia que lleva vigente lo menos veinte años.

La problemática en la violencia de género

En su artículo, Susana Gisbert comienza diciendo que:
Hace ya tiempo que vengo observando cómo desde uno y otro extremo del espectro de posicionamientos sobre de la violencia de género se habla de una misma cosa: la carga de la prueba. O más bien, de una supuesta inversión de la carga de la prueba que no sé muy bien de dónde sale.

Por un lado, hay quien afirma que en esta materia tiene lugar una inversión de la carga de la prueba que perjudica al varón.
A lo que pasa a comentar la jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto de la declaración de la víctima, para después realizar la siguiente apreciación:
Una jurisprudencia [refiriéndose a la jurisprudencia sobre la declaración de la víctima] que se aplica en los supuestos de violencia de género, pero que ya se aplicaba mucho antes en otros como violaciones, atracos o cualquier otro delito, sin que a nadie le supusiera mayor problema.
El problema aquí es que la fiscal Gisbert está intentando responder a un argumento que lanza gente que no es conocedora del mundo del derecho desde el mundo del derecho, y las cosas parece que no cuadran. Cuando la gente dice que "existe una inversión de la carga de la prueba" no se refieren específicamente al juicio en sí mismo, sino a otros aspectos que rodean al proceso judicial.
  • La mayor posibilidad de una detención [1], ya que a los hombres se les puede detener por coacciones y amenazas leves pero a las mujeres no.
  • Denuncias instrumentales en mitad de un proceso de divorcio con el objetivo de alejar a los hijos del padre y eliminar la posibilidad de custodia compartida.
  • El daño a la dignidad y al honor de una persona. La gente no te mira igual si sabe que has sido denunciado por maltrato, aunque hayas sido absuelto.
Y todo eso, con la denuncia de ella. Un hombre puede sufrir todas estas consecuencias y no necesita llegar a juicio para ello.

Finalmente, no sólo las consecuencias de una denuncia falsa de violación son diferentes a una denuncia falsa por violencia de género, sino también el número. En España tenemos unas 1200 denuncias de violación al año, mientras que las denuncias por violencia de género rondan tranquilamente las 120000 al año (no es el objetivo realizar una comparación rigurosa, sólo destacar la diferencia de magnitud), y ello conlleva que afecta a muchas más personas y, sobre todo, a muchos más inocentes. Y no, no me vengan con el mito del 0,01% de denuncias falsas.

Bibliografía

1. La asimetría penal en la violencia de género es un hecho, http://observatoriogalileo.blogspot.com.es/2017/01/la-asimetria-penal-en-la-violencia-de.html

2. La carga de la prueba y la violencia de género, Susana Gisbert, Confilegal 2017, https://confilegal.com/20170905-la-carga-la-prueba-la-violencia-genero/

3. Diccionario del español jurídico, Real Academia Española, http://dej.rae.es/#/entry-id/E150000




7. Sentencia del Tribunal Constitucional 229/1991, http://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/1868






















29. Soy feminista, pero..., Susana Gisbert, Tribuna Feminista, 2017, http://www.tribunafeminista.org/2017/08/soy-feminista-pero/

domingo, 20 de agosto de 2017

La paradoja nórdica: Análisis de la explicación feminista

Probablemente hayáis oído que en los países nórdicos hay mucha violencia contra la mujer, llegando incluso a considerar a Suecia como la capital [1] de la violación [2] de la civilización occidental, a pesar de estar considerados entre los países más igualitarios del mundo en cuestión de sexos.

Este es el origen de la paradoja nórdica: en los países desarrollados, a mayor índice de igualdad, mayor violencia contra la mujer.

La explicación que da el feminismo a esta paradoja es, a grandes rasgos, que en los países con mayor índice de igualdad están más concienciados, la violencia contra la mujer no es un tabú y las mujeres hablan con más libertad de ello. De acuerdo a lo anterior, no se trata de que en el resto de países haya menos violencia contra la mujer, sino que las mujeres lo dicen menos.

En 2014, la Agencia Europea de Derechos Humanos (European Union Agency of Fundamental Rights, FRA en adelante) publica una macroencuesta sobre la violencia contra la mujer en la que se hace referencia directa a esta paradoja. La prensa [3] internacional [4] se hace eco de esta encuesta, también en España [5].

Las expertas de género nos dicen que el hecho de que España presente unos niveles bajos de violencia contra la mujer (comparada con otros países de la UE) no es porque haya menos violencia contra la mujer, sino porque dicha violencia está menos visibilizada.

En este artículo se prentende anlizar hasta que punto esta explicación que da el feminismo para la paradoja nórdica es cierta.

La paradoja nórdica, definición e índices de igualdad

¿Qué es la paradoja nórdica?

La paradoja nórdica es un concepto que hace alusión al hecho de que, a pesar de los altos índices de igualdad de género alcanzados en estos países, la situación de la mujer en los países nórdicos es peor, en algunos aspectos, que en otros países desarrollados.

Vamos paso a paso:
  • Los países nórdicos: Los países nórdicos son una región geográfica y cultural que comprende cinco Estados de Europa septentrional: Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia. Además, se incluyen también las regiones autónomas de Islas Feroe, Groenlandia y Åland (Wikipedia [6]). Como el artículo se va a centrar en la Unión Europea, sólo vamos a analizar a Dinamarca, Finlandia y Suecia.
  • Otros países: Vamos a dejar claro que, en general, la mejora de las condiciones económicas y educativas de las mujeres conlleva, generalmente, una reducción del riesgo de victimización en los países de ingresos bajos y medios (un meta análisis de 22 países aquí [7]). En el contexto de la paradoja nórdica, "otros países" se refiere exclusivamente a los países desarrollados. En particular, en este artículo nos centraremos en comparar los países de la Unión Europea.
  • Índice de igualdad de género: Un índice de igualdad de género es una valoración que un organismo internacional realiza para evaluar el estado de la igualdad de género en distintos países. Por ejemplo, tenemos el Gender Equality Index del European Institute for Gender Equality (EIGE), el Global Gender Gap Index del World Economic Forum y Gender Development Index de la ONU. En particular, en este artículo nos centraremos en el Gender Equality Index, ya que vamos a hablar de la Unión Europea.
  • En algunos aspectos: La paradoja nórdica es amplia, y abarca varios aspectos de la vida de las mujeres. En la página web [8] del libro "The nordic gender equality paradox" se exploran algunos de ellos (por ejemplo, en Bulgaria hay muchas más mujeres en puestos directivos que en cualquier país nórdico). En este artículo nos centraremos en la violencia contra la mujer. 
  • Violencia contra la mujer: Por violencia contra la mujer entenderemos cualquier forma de violencia, ya sea física, psicológica o sexual, así como el acoso, tanto sexual como no sexual, perpetrado por cualquier persona contra una mujer.

Sobre los índices de igualdad de género

Una de las dudas que me asaltó al pensar sobre la paradoja nórdica es ¿qué me están diciendo exactamente cuando me dicen que un país puntúa alto en un índice de igualdad? Así que se me ocurrió mirar cómo se calculan algunos de los índices de igualdad más populares.

Global Gender Gap Index
Si miramos el Global Gender Gap Index [9] del World Economic Forum, nos encontramos con que Ruanda es el sexto país con más igualdad del mundo. También encontramos a Namibia y Burundi por encima de España (puesto 25). Y seguro que nadie diría que Ruanda es un ejemplo a seguir. Aquí [10] teneis una crítica de este índice. Por ejemplo, el análisis tiene en cuenta la diferencia en la esperanza de vida, y resulta que un país en que ambos sexos tiene una esperanza de vida de 53 años es mejor que uno en el que los hombres tengan una esperanza de 86 y las mujeres de 92.

Gender Development Index
En el Gender Development Index [11] (GDI) de la ONU (página 220 y siguientes), dividen a los países en bloques según sus ingresos para así que no se mezclen los resultados de países desarrollados con los menos desarrollados. El GDI se sitúa entre 0 y 1 si el hombre sale más favorecido, 1 sería igualdad y mayor que 1 significa que la mujer está más favorecida. Así tenemos que Suecia tiene un índice de 0.999, Dinamarca 0,977, Finlandia 0,996 y España 0,975. También encontraríamos, en el segundo bloque de países, a Venezuela con 1,030 que junto con Estonia y Lituania (en el primer bloque) que son los países con mayor índice.

Vamos a la documentación técnica [12] (nota técnica 3) para ver cómo se calcula. El índice combina tres factores (salud, ingresos y educación). En el factor ingresos nos encontramos con que tienen en cuenta la brecha salarial (supongo que no tengo que poner un enlace desmintiendo la validez de esta medida). El factor salud es calculado comparando las esperanzas de vida de hombres y mujeres teniendo en cuenta que las mujeres viven 5 años más. O sea, para considerar que los hombres tienen "peor salud" que las mujeres en un país dado, la esperanza de vida masculina tiene que ser inferior a 5 años menos que la esperanza de vida femenina. En el propio ejemplo de la documentación se puede ver: En Zimbabwe, las mujeres tienen una esperanza de vida de 58,9 años y los hombres de 56,2 años. Como la esperanza de los hombres no es inferior a 5 años menos de la de las mujeres, la salud de los hombres se puntua con un 0,595, mientras las mujeres tienen 0,560.

Gender Inequality Index
El Gender Inequality Index [11] (GII), también de la ONU, en el mismo documento justo debajo del GDI, no es mucho mejor. El índice es un número entre 0 y 1, siendo 0 la igualdad y 1 el total desequilibrio a favor de un sexo (cualquiera de los dos). Esto quiere decir que si, por ejemplo, un país tiene un GII de 0,050, no sabemos si ese valor es a favor de la mujer o del hombre (se sobreentiende que el favorecido es normalmente el hombre, pero no tiene por qué). Dinamarca aparece con 0,048, Suecia con 0,055, Finlandia con 0,075 y España con 0,095. También nos encontramos con que EEUU tiene un GII de 0,280, frente a países como Kazajistán (0,267) o Libia (0,134).

En la documentación técnica [12] (nota técnica 4), la misma que para el GDI, podemos ver cómo se calcula. El índice combina tres factores (salud reproductiva, representación política y ratio de empleo). El factor salud reproductiva se calcula teniendo en cuenta la mortalidad materna [13] y el número de mujeres que son madres entre los 15 y los 19 años. Con semejantes criterios, la salud de los hombres es siempre máxima e igual a 1. Vale que la mortalidad materna y los embarazos adolescentes son problemas que afectan a la salud de las mujeres, pero me parece a mí que con medidas como estas no alcanzamos la igualdad nunca.

Gender Equality Index
Ahora nos vamos al Gender Equality Index [14] del European Institute of Gender Equality (EIGE). Puesto que voy a criticar la paradoja nórdica en el ámbito de la Unión Europea, voy a analizar más en detalle este índice. Vamos a mirar cada uno de los "Domains" que utilizan para calcular este índice.

En el primero de ellos, "Work", miran el ratio de participación en el empleo, la duración de la vida laboral y la segregación por sectores. Según el dominio "Work", la igualdad estaría en una distribución al 50% en todos los sectores, que la vida laboral fuera la misma y que hombres y mujeres tengan el mismo ratio de participación en el empleo.

En el dominio "Money" consideran la brecha salarial (earnings), aunque tienen en cuenta otras fuentes de ingresos (income). Según este dominio, la igualdad sería que hombres y mujeres ganaran lo mismo.

En el dominio "Knowledge" consideran a las personas con educación terciaria (universitaria). En este aspecto, las mujeres llevan las de ganar al haber más mujeres que hombres con educación terciaria. Sin embargo, también tienen en cuenta la distribución por sexos en los distintos sectores. Para llegar a la igualdad en este dominio, tendría que haber una distribución por sexos del 50% en todos los sectores.

En el dominio "Time" consideran las actividades distintas del trabajo remunerado en las que hombres y mujeres invierten su tiempo, clasificándolas en tres categorías: care (cuidado de la casa/hijos), social (deporte/actividades culturales/actividades sociales) y economic. La igualdad estaría en que hombres y mujeres repartieran exactamente el mismo tiempo entre los 3 ámbitos.

En el dominio "Power" consideran la presencia de los sexos en puestos políticos (ministerios, parlamentos y asambleas locales) y en puestos de dirección de las mayores empresas. La igualdad estaría en una distribución al 50% en todos los órganos políticas y cúpulas administrativas de las empresas.

En el dominio "Health" consideran el estado de la salud y el acceso a servicios de salud de hombres y mujeres. En todos los países las mujeres tienen más esperanza de vida y tienden a enfermar más.

Finalmente, hay dos dominios satélite: "Violence" (que se refiere a la violencia contra la mujer) y "Intersecting Inequalities". Estos dos subdominios sólo están presentes a partir del año 2013. Estos subdominios existen de manera informativa y no se utilizan para el cálculo del índice.

En el domino "Health" ¿podríamos mirar soluciones para lo de los suicidios y los accidentes laborales? Lo digo por igualar un poco la esperanza de vida y mejorar el resultado. Supongo que no interesa.

El dominio satélite "Violence" sólo trata la violencia contra la mujer. Eso quiere decir que la violencia contra la mujer se tiene en cuenta, pero la violencia contra el hombre no. Es lo que cabría esperar de un institución de "igualdad", ¿verdad?

Para los dominios "Work", "Money", "Knowledge", "Time" y "Power", en mi anterior artículo, que comentaba un debate de Steven Pinker, justamente trataba este asunto de las diferentes decisiones entre hombres y mujeres. Me autocito:
Primera diferencia: Los hombres y las mujeres tienen diferentes prioridades en la vida. En resumen: Los hombres tienden a buscar estatus social y dinero a cambio de sus familias; las mujeres escogen algo más equilibrado. Eso no significa que las mujeres valoren la familia y no valoren el estatus. Tampoco significa que todos los hombres y mujeres muestren esta asimetría. Pero es lo que encuentras, de media, al observar grandes cantidades de datos. Pinker cita dos estudios, este y este.

Segunda diferencia: Interés en las personas VS interés en cosas y sistemas abstractos de reglas. Hay una cantidad asombrosa de datos sobre esto, ya que hay todo un campo dedicado a estudiar los intereses vocacionales de la gente. En este campo se han documentado diferencias consistentes en los tipos de actividades que prefieren hombres y mujeres en sus trabajos ideales. Una de estas diferencias es la preferencia de trabajar con cosas o con personas. Un gran ejemplo es a la hora de buscar trabajo. Los hombres tienen tendencia a trabajar con cosas, las mujeres tienen tendencia a trabajar con personas. Hay una enorme diferencia media en este factor concreto, una desviación estándar. Pinker cita dos libros, Understanding the Gender Gap por Claudia Goldin, y Biology at Work, Rethinking Sexual Equality, por Kingsley R. Browne.
Y también el famoso documental sueco parte 1 [15] y parte 2 [16].

Conclusiones de los índices de igualdad
Visto todo esto, el valor de los índices de igualdad es bastante poco informativo de la violencia de un país. Con esto podríamos concluir que la paradoja nórdica es una de tantas casualidades estadísticas, que los índices de igualdad en los países desarrollados tienen poco o nada que ver con la violencia contra la mujer de un país y, por tanto, es falso presumir que a mayor índice de igualdad menor violencia contra la mujer. Entonces, afirmaciones como "no es que en los países nórdicos haya más violencia contra la mujer sino que lo dicen más" carecen de fundamento.

Por supuesto, todo esto está muy bien si crees que hombres y mujeres tienen tendencias diferentes a la hora de tomar decisiones debido a sus diferencias biológicas, lo que provoca un reparto desigual de hombres y mujeres en los diversos ámbitos de la sociedad, y que esto no representa ningún problema intrínseco. Si crees que la violencia puede tener su origen en otros factores como la cultura de los agresores, el consumo de alcohol y drogas o la presencia de trastornos mentales.

Pero claro, no todo el mundo piensa así.

Perspectiva feminista

Cuando se describe la paradoja nórdica, muchas veces no se habla de índices de igualdad sino de políticas de igualdad. Los países nórdicos siempre puntúan alto no importa el índice de igualdad que se use, lo que sería un reflejo de sus mejores políticas de igualdad. ¿Y cómo relacionamos políticas de igualdad y violencia? El EIGE nos da la respuesta [17]:
'Gender-based violence' and 'violence against women' are terms that are often used interchangeably as most gender-based violence is inflicted by men on women and girls. However, it is important to retain the 'gender-based' aspect of the concept as this highlights the fact that violence against women is an expression of power inequalities between women and men.
Traducción:
"Violencia basada en el género" y "violencia contra la mujer" son términos que frecuentemente se usan de manera intercambiable ya que la mayoría de la violencia basada en el género es inflingida por hombres hacia mujeres y niñas. Sin embargo, es importante quedarse con el aspecto de "basada en el género" del concepto ya que esto resalta el hecho de que la violencia contra la mujer es una expresión de las desigualdades de poder entre hombres y mujeres.
¿Y que son las desigualdades de poder? Pues el EIGE nos lo dice por aquí [18]:
Direct violence against women must be understood through the lens of unequal power relations between women and men. Violence against women is often normalised and perpetuated due to these structural inequalities. Hence, the historical and contemporary subordination of women in economic, social and political life must be acknowledged when attempting to explain the prevalence of direct violence against women in our societies. This means shifting the focus from an actor-oriented perspective which examines individual motivations for acts of violence, to a structure-oriented perspective which looks at the structural gender inequalities that support and justify gender-based violence against women.
Traducción:
La violencia directa contra la mujer debe ser entendida a traves de las lentes de las relaciones desiguales de poder entre mujeres y hombres. La violencia contra la mujer se normaliza y se perpetúa frecuentemente debido a estas desigualdades estructurales. Por lo tanto, la subordinación histórica y contemporánea de la mujer en la vida económica, social y política debe ser reconocida cuando se intenta explicar la prevalencia de violencia directa contra la mujer en nuestras sociedades. Esto significa cambiar el foco de una perspectiva orientada al actor que examina la motivaciones individuales para los actos de violencia, a una perspectiva orientada a la estructura que mira las desigualdades estructurales de género que apoyan y justifican la violencia basada en el género contra la mujer.
Pues ahí lo tenemos. Para esta gente, el origen de la violencia contra las mujeres reside en las desigualdades económicas, sociales y políticas entre hombres y mujeres. ¿Y en dónde vemos reflejadas esas desigualdades? Pues en viejos conocidos: la brecha salarial, el techo de cristal, número de mujeres en política, segregación laboral, etc, etc.

Así pues, la eliminación de dichas desigualdades supondría, a su vez, la eliminación de la violencia contra las mujeres básada en el género. No es ninguna sorpresa que el Gender Equality Index, elaborado por el propio EIGE, mida precisamente este tipo de cosas. Entonces, según la teoría, conforme aumenta el Gender Equality Index, la violencia contra las mujeres debería descender.

Veamos qué dicen los datos.

Macroencuesta de la violencia contra la mujer del FRA

Es hora de introducir al principal protagonista de este artículo, la macroencuesta de la violencia contra la mujer que la European Union Agency of Fundamental Rights (FRA) realizo en 2012 y publicó en 2014. Aquí [19] explican acerca de qué va la encuesta.
The survey interviewed in total over 40,000 women (approximately 1,500 per country), aged 18-74 years, in the 27 European Union Member States and Croatia. [...]

The respondents were asked about their experiences of physical, sexual and psychological violence – including sexual harassment and stalking – by partners and other persons. With regard to incidents of violence, the survey asked a series of questions concerning the nature of violence, consequences, and ways in which the victims have coped with the incidents. [...] the survey also included a section on childhood incidents which may have taken place before the age of 16.
Traducción:
Se entrevistaron a más de 40.000 mujeres en total (aproximadamente 1.500 por país), de entre 18-74 años, en los 27 Estados Miembros de la Unión Europea y Croacia. [...]

Las encuestadas fueron preguntadas por sus experiencias de violencia física, sexual y psicológica (incluyendo acoso y acoso sexual) perpetradas por sus parejas y otras personas. Al respecto de los incidentes de violencia, se realizó una serie de preguntas acerca de la naturaleza de la violencia, consecuencias y formas en que las víctimas habían lidiado con los incidentes. [...] la encuesta también incluye una sección para los incidentes infantiles que hubieran podido ocurrir antes de la edad de 16 años.
Antes de continuar, aquí teneis los resultados [20] de la encuesta, el infome técnico [21] que detalla la metodología y el cuestionario [22] utilizado (en inglés). La FRA también pone a disposición del público esta página [23], en donde se pueden consultar online los resultados.

Fiabilidad de los datos de la macroencuesta

Hay muchos factores sociales y culturales que pueden afectar a la recogida de datos. La explicación feminista de la paradoja nórdica se apoya en la anterior afirmación. Decir que "el motivo por el que las mujeres de los países nórdicos declaran más violencia que otros países es debido a las mejores políticas de igualdad" es paralelo a decir que es debido a "diferencias culturales". A su vez, esto equivale a decir que los datos no son representativos de la violencia real que sufren las mujeres. Y finalmente, esto nos lleva a concluir que los datos no son comparables entre países.

Así pues, voy a echar mano del informe técnico y a señalar las precauciones que se han tenido en cuenta para minimizar los sesgos culturales y asegurar la comparabilidad entre países. También haré referencia a la guía que publicó [24] la World Health Organization (WHO) sobre cómo hacer investigación de la violencia contra la mujer y los criterios éticos [25] de la ONU sobre el mismo tema (al final de dichos criterios recomiendan la guía de la WHO).


¡Es una encuesta!
Esto parece poco importante, pero hay que señarlarlo como motivo de fiabilidad. Un problema de realizar estudios sobre violencia contra la mujer en distintos países es que los datos sobre criminalidad son muy difíciles de comparar. Por ejemplo, el delito de violación tiene diferentes definiciones dependiendo de la legalidad del país, e incluso es gestionado de manera diferente. Una encuesta no está sujeta a estadísticos que dependen de la legalidad vigente en cada país. Son las mujeres las que dicen directamente si han sufrido violencia.

Estudio piloto previo
Se realizó un estudio piloto previo para probar el cuestionario y depurar fallos. Los detalles los podemos encontrar en la página 6 [21]. Resumo lo más importante.
FRA carried out a pilot/pretest study in six EU Member States – Finland, Germany, Hungary, Italy, Poland and Spain – in 2011. This study was designed to test the draft survey questionnaire [...] In these EU Member States, interviewers were trained to carry out cognitive interviews with randomly selected women (15 respondents in each of the six Member States) and with women who were identified by women’s shelters and other victim support organisations as having been victims of violence (10 respondents in each of the six). [...] it was important to ensure that a number of interviewees in the pretest had some experiences of violence to report, to test all parts of the draft survey questionnaire. Attention was also given to having women from different age groups participate in the research. [...] After each interview, the interviewer completed a separate questionnaire to document any problems she had had when carrying out the interview. The interviews with women identified by women’s shelters and other support organisations were also recorded, and the recordings were evaluated based on the behavioural coding approach. This involves researchers listening to the recorded interviews and using an agreed criteria to code instances where the interviewee had problems answering a particular item, or she asked for more information, as well as cases where the interviewer had problems in asking the question as it was written in the questionnaire. [...] Following the results of the pretest, FRA revised the draft survey questionnaire before it was used in the fullscale survey of the 28 EU Member States
Traducción:
La FRA realizó un estudio piloto en seis miembros de la UE (Finlandia, Alemania, Hungría, Italia, Polonia y España) en 2011. Este estudio estaba diseñado para probar el borrador del cuestionario de la encuesta [...] En estos Estados Miembros, las entrevistadoras fueron formadas para llevar a cabo entrevistas cognitivas con mujeres seleccionadas aleatoriamente (15 entrevistadas en cada uno de los seis Estados Miembros) y con mujeres que fueron identificadas por los refugios de mujeres y otras organizaciones de ayuda a las víctimas como víctimas de violencia (10 entrevistadas en cada uno de los seis). [...] era importante asegurarse de que algunas de las mujeres entrevistadas tuviera alguna experiencia de violencia que comentar, para probar todas las partes del borrador del cuestionario. Se presto atención en la participación de mujeres de diferentes grupos de edad en la investigación. [...] Después de cada entrevista, la entrevistadora completó un cuestionario separado para documentar cualquier problema que ella hubiera podido tener cuando llevaba a cabo la entrevista. Las entrevistas con mujeres identificadas como víctimas de violencia fueron grabadas, y las grabaciones se evaluaron basándose en un enfoque de codificación conductual. Esto implica a los investigadores escuchando las entrevistas grabadas y usando criterios acordados para señalar instancias donde la entrevistada tuvo problemas para responder a un ítem particular, o preguntó por más información, así como casos donde la entrevistadora tuvo problemas para realizar la pregunta tal cual estaba escrita en el cuestionario. [...] Siguiendo los resultados de este estudio previo, la FRA revisó el borrador del cuestionario de la encuesta antes de que fuera usado en la encuesta a gran escala de los 28 Estados Miembros de la UE.
Todas las entrevistadoras son mujeres con experiencia
En la página 7 [21]:
it specified that the survey would be done using face-to-face interviews by only female interviewers. All interviewers working on the project were required to attend a two-day training programme
Traducción:
Se especificó que la encuesta sería realizada a traves de entrevistas cara a cara por entrevistadoras femeninas exclusivamente. Todas las entrevistadoras que trabajen en el proyecto serían obligadas a realizar un programa de entrenamiento de dos días.
Y en la página 11 [21]:
All interviewers selected to work had to be female and have a minimum of three months’ experience of random probability survey work.
Traducción:
Todas las entrevistadoras seleccionadas para trabajar tienen que ser mujeres y tener un mínimo de tres meses de experiencia de realización de encuestas de probabilidad aleatoria.
Las feministas han insistido en que las mujeres víctimas deben ser entrevistadas por mujeres, ya que una mujer se sentiría más cómoda contando sus experiencias a otra mujer que a un hombre (por ejemplo, en el libro "Ask Any Woman" por Ruth E. Hall [26]). En los criterios éticos [25] de la ONU para encuestas sobre violencia contra la mujer también mencionan el uso de entrevistadoras. Me ha parecido pertinente incluir un par de enlaces que sustenten la idea de que las mujeres deben ser entrevistadas por mujeres en cuestiones de violencia. Para mi sorpresa, no ha sido nada sencillo.

Si vamos a la guía de la World Health Organization (WHO), podemos leer lo siguiente en la página 96 [24]:
It is generally believed that female interviewers are more successful in eliciting personal information from women, although this has rarely been tested.
Traducción:
Existe la creencia general de que las entrevistadoras son más exitosas obteniendo información personal de las mujeres, aunque esto rara vez se ha probado.
No obstante, recomiendan usar entrevistadoras. En esta encuesta realizada por la CDC en EEUU encontramos en la página 11 [27]:
Only female interviewers administered the survey as previous research suggests that female interviewers may be more likely to create conditions conducive to disclosure (Dailey & Claus, 2001)
Traducción:
Sólo las entrevistadoras realizaron la encuesta ya que investigaciones anteriores sugieren que las entrevistadoras pueden ser más propensas a crear condiciones propicias para responder (Dailey & Claus, 2001).
El estudio que citan lo podéis encontrar aquí [28] (8276 personas). Pero en el estudio lo que dicen es que las personas entrevistadas (hombres y mujeres) eran más propensas a contar sus experiencias de violencia sexual cuando son entrevistadas por mujeres. El mismo resultado lo podemos encontrar en este otro estudio (3132 personas). Pero esto hace referencia sólo a la violencia sexual, Dailey & Claus no encontraron diferencia en las respuestas en funcion del sexo del entrevistador cuando se preguntaba por violencia física. También, parece que no son sólo las mujeres las que hablan más cuando las entrevista una mujer, en ambos estudios se observó un aumento de las respuestas de hombres y mujeres cuando eran entrevistados por una mujer. Finalmente, en el libro "Researching Sexual Violencie Against Women" páginas 169 y siguientes, el autor hace una pequeña crítica al uso de sólo entrevistadoras en las encuestas de violencia contra la mujer, aunque coincide en que las mujeres son más propensas a contar sus experiencias de violencia sexual a otra mujer.

No he querido profundizar más en el asunto, que no es el objetivo de este artículo. Me ha sorprendido que muchos estudios sobre violencia contra la mujer afirmen utilizar sólo entrevistadoras y la escasa o ninguna justificación de dicha decisión. No obstante, quiero dejar claro que la evidencia que he podido recopilar sugiere que es mejor usar entrevistadoras para temas de violencia que entrevistadores hombres.

Cuidado en el vocabulario del cuestionario
En la página 8 [21] podemos leer:
the FRA survey also asked about women’s experiences of violence by describing various acts of violence in as concrete terms as possible. Therefore, the survey asked women whether or not they had experienced any of these acts, instead of asking if they had generally experienced ‘violence’ or ‘rape’, because the latter approach would have made results less comparable between respondents and Member States
Traducción:
La encuesta de la FRA también preguntó por las experiencias femeninas de violencia describiéndo varios actos violentos en los términos más concretos posibles. Por lo tanto, la encuesta preguntó a las mujeres si habían experimentado o no este tipo de actos, en lugar de preguntar si habían tenido experiencias generales de "violencia" o "violación", porque esta última aproximación hubiera hecho los resultados menos comparables entre entrevistadas de los Estados Miembros.
Ponen también el ejemplo que no se usan palabras como "acoso" y en su lugar utilizan términos como "incidentes repetitivos". No se usan palabras como "violación", y en su lugar se pregunta, por ejemplo, si se han visto forzadas a participar en actividades sexuales por miedo a las consecuencias.

Esta forma de preguntar es también la forma recomendada por la WHO en su guía [24] (página 90). Además, la encuesta de la UE sigue la recomendación de la WHO de preguntar especificamente por la peor experiencia de violencia en cada categoría que la entrevistada haya experimentado (página 91). Esto es debido a que, en distintas culturas, las mismas formas de violencia pueden tener distintos significados. Así es posible comparar qué tipos de experiencias las mujeres consideran peores en distintas culturas (y sus reacciones a las mismas).

Cuestionario anónimo separado de las preguntas principales
No obstante, se podría argumentar que, a pesar de todo, las mujeres tengan miedo de contar sus experiencias de violencia a un extraño. Para amortiguar este efecto se incluyó un cuestionario anónimo separado de las preguntas principales. En la página 8 [21]:
The aim of the self-completion questionnaire was to offer women another way of disclosing their experiences of violence, in a more anonymous way than the face-to-face interview. Respondents were asked to complete the short paper questionnaire on their own, without the assistance of the interviewer, and to seal it in an envelope which would not be opened by the interviewer and which was delivered separately to the central research team.
Traducción:
El objetivo del cuestionario autorellenado era ofrecer a las mujeres otra forma de contar sus experiencias de violencia de una manera más anónima que la entrevista cara a cara. Se pedía a las entrevistadas que completaran un cuestionario corto ellas solas, sin la ayuda del entrevistador, y que lo metieran en un sobre que no sería abierto por el entrevistador y que sería entregado de manera separada al equipo central de investigación.
En la página 95 [24] de la guía de la WHO encontramos un gráfico comparativo entre la revelación de violencia en entrevistas y la revelación de violencia en cuestionarios anónimos indicando que los cuestionarios anónimos revelan más violencia que las entrevistas en general. Y en la página 96 encontramos comentarios al respecto en el apartado "How are women asked about violence?", que comentan la eficacia de los cuestionarios anónimos a la hora de revelar distintos tipos violencia.

En el enlace del cuestionario [22], también se puede encontrar el contenido del cuestionario adicional.

Cuidado al traducir el cuestionario a los distintos idiomas
Otro argumento que podría surgir contra encuestas internacionales es la traducción del cuestionario. En la página 9 [21] se encuentra el proceso seguido para garantizar una traducción fidedigna del cuestionario, que incluye traducciones independientes y varias revisiones. Además:
To ensure that questions and results were comparable, national adaptations to the questions were kept to a minimum. In a small number of questions, the answer categories were adapted to each country to make it easier for the respondents to answer
Traducción:
Para asegurarse que las preguntas y resultados fueran comparabales, las adaptaciones nacionales de las preguntas fueron reducidas al mínimo. En un pequeño número de preguntas, las categorías de las respuestas fueran adaptadas a cada país para hacer más fácil responder a las entrevistadas.

Finalmente, en la página 16 nos comentan que probaron el cuestionario final en todos los países con mujeres escogidas aleatoriamente.

Cuidado con los prejuicios en el orden de las respuestas
Cuando la gente hace encuestas escritas tiende a escoger las primeras opciones de manera desproporcionada. Esto es debido a que la gente suele querer terminarlas lo más rápido posible y tiende a escoger la primera respuesta que ve aplicable. Un ejemplo [31] del prejuicio para opciones ordenadas de arriba a abajo y para otro [32] opciones ordenadas de izquierda a derecha. En la página 18 de nuestra encuesta tenemos [21]:
To counter any bias arising from the order of answers [...], 50 % of interviews were conducted with a ‘reversed’ set, where the list of answer categories was the opposite way around.
Traducción
Para contrarrestar cualquier prejuicio proviniente del orden delas respuestas [...], el 50% de las entrevistadoras recibió un set "invertido", donde las lista de las posibles respuestas era completamente el opuesto.
Selección aleatoria de hogares y mujeres entrevistadas
Para que la encuesta tenga validez, la selección de mujeres entrevistadas tiene que ser aleatoria. En la página 12 [21] y siguientes nos explican el método. Por cuestiones prácticas (evitar largos desplazamientos), se divide cada pais en zonas y luego se escogen varias zonas aleatoriamente. En las zonas escogidas, se escogen varios hogares de manera aleatoria que una entrevistadora deberá visitar.

Una vez en un hogar aleatorio, la entrevistadora pregunta por las mujeres que viven en la casa. Sólo las mujeres entre 18 y 74 años y que hablen un idioma oficial son eligibles para participar. Si hay más de una que cumpla estos requisitos, las entrevistadoras escogían a una mediante un método aleatorio (detallado en la página 14).

Esta forma de selección también se recomienda en la guía de la WHO (página 109) bajo el epígrafe "Multistage and cluster sampling".

La entrevistadora se presentaba con una excusa
Un argumento que se puede esgrimir contra una encuesta de este tipo, que va casa por casa, es que si aciertan a llamar a un hogar en donde vive una mujer víctima de violencia por parte de alguna persona con la que convive, su agresor no va a querer que participe en la encuesta. Esto produciría que los resultados reflejaran menos violencia que la que hay (en relación a los ítems relacionados con violencia doméstica) y que además pusieran en peligro a la víctima. En la página 14 [21] nos cuentan que la entrevistadora se presentaba con una excusa para evitar levantar sospechas:
The survey was introduced as a survey about women’s well-being and safety; more details on the content of the survey were given only once the respondent had been selected. This was done to protect the respondent’s safety in case she lived with someone who would not want her to take part in a survey on violence against women, including potential perpetrators of violence.
Traducción:
La encuesta era presentada como una encuesta acerca del bienestar y la seguridad de la mujer; más detalles del contenido de la encuesta se daban sólo cuando la entrevistada había sido seleccionada. Esto se hace para proteger a la entrevistada en caso de que viviera con alguien que no quisiera que tomara parte en la encuesta de violencia contra la mujer, incluyendo potenciales perpetradores de violencia.
Tanto la guía de la WHO (en varias de las páginas) como la guía ética de la ONU insisten en que la seguridad de las mujeres entrevistadas debe ser prioritaria en todo momento.

Sólo se entrevista a una mujer por hogar
En el informe técnico de la encuesta no dicen el porqué de esta decisión, pero encontramos una explicación en la guía de la WHO (página 38) [24].
Interviewing only one woman per household (to avoid alerting other women who may communicate the nature of the study back to potential abusers).
Traducción:
Se entrevista sólo una mujer por hogar (para evitar alertar otras mujeres que podrían comunicar la naturaleza del estudio a posibles agresores)
A diferencia de lo que piensan muchas feministas, la violencia no entiende de géneros. Sirva como ejemplo la historia que podemos encontrar en la página 35 [24] de la guía de la WHO (la víctima comenta que su suegra incita a su marido para que la "castigue") o la presencia de violencia en parejas de lesbianas (que también se incluye en la encuesta y forma parte del informe de resultados). También encontramos la misma recomendación en la guía ética [25] de la ONU.

Control de calidad de las entrevistadoras
En la página 26 [21] se detallan varias medidas para controlar la calidad de las entrevistadoras. Por ejemplo, se auditó a las entrevistadoras que tenían ratios altos de rechazo o que sus entrevistas eran anormalmente cortas. Aleatoriamente, se seleccionaron entrevistadas que fueron contactadas posteriormente para que dieran su opinión de la entrevistadora (por supuesto, teniendo cuidado de no revelar ningún tipo de información relevante a quien no fuera la entrevistada).

Balanceo de la representación
En la página 28 [21]:
As is normal with surveys, the sample may over- or under-represent certain groups of respondents compared with the total population, and such differences are often addressed through weighting. The published results of the FRA survey on gender-based violence against women have been weighted to take into account women’s age and the area where they live (urban or rural).
Traducción:
Como es normal es las encuestas, la muestra puede sobre o infrarrepresentar ciertos grupos de entrevistadas comparados con la población total, y esas diferencias se gestionan a través del balanceo. Los resultados publicados de la encuesta del FRA en violencia con la mujer han sido balanceados para tener en cuenta la edad de la mujer y el área en la que viven (urbana o rural).
De esta manera, nos aseguramos de que los resultados de los subgrupos sean lo más representativos posible.

Monitorización de los medios
Un argumento que se podría considerar es que las encuestas tardaron varios meses (desde finales de Marzo 2012 hasta Julio 2012, pero algunos países tardaron más), y que las noticias en los medios sobre violencia contra la mujer pudieron incidir en los resultados de la encuesta. En la página 34 [21]:
In each of the 28 EU Member States, national research agencies conducted media monitoring throughout the fieldwork period, starting two weeks before the beginning of the interviews and continuing until the end of the survey interviews. [...] The rationale was to identify any media events which could have had an impact on the way women approached the survey and talked about their experiences. The media monitoring would make it possible to see if an increase in reported cases of violence coincided with a period of high coverage on this issue in the media.
Traducción:
En cada uno de los 28 Estados Miembros de la UE, las agencias de investigaciones nacionales realizaron una monitorización de los medios durante el periodo en el que se realizó el trabajo de campo, comenzando dos semanas antes del comienzo de las entrevistas y continuando hasta el final de las mismas. El motivo era identificar cualquier evento mediático que pudiera tener un impacto en la manera en que las mujeres respondieran a la encuesta y hablaran de sus experiencias. Monitorizar los medios de comunicación podría hacer posible observar si un incremento en el número de casos de violencia recogidos en las encuestas coincide con un periodo de gran cobertura de este tema en los medios.
En dicha página y siguientes se comentan los detalles de la metodología del seguimiento y los medios monitorizados para cada país.

La fiabilidad de la WHO

Si os habeis fijado, en las partes más importantes de las razones para la fiabilidad del estudio he incluido una referencia a la guía de la WHO y a los criterios éticos de la ONU (que a su vez hacen referencia a la guía de la WHO). Esto permite lanzar el siguiente argumento:
Si alguien considera que la encuesta de la UE no es fiable para una comparación entre países, entonces, dado que la encuesta de la UE se ha diseñado con una metodología muy similar a la de la WHO y la ONU, las encuestas que han realizado estas organizaciones sobre la violencia contra la mujer tampoco son fiables para una comparación entre países.
Entonces, supongo que tampoco hacemos caso a los estudios de la WHO (por ejemplo, este [33]) y estos comentarios no serían válidos (del estudio, página 12):
By far the highest level of physical violence by someone other than a partner was reported in Samoa at 62%, with the next highest prevalence being in Peru (28% in the urban setting and 32% in the provincial setting). Even in the settings with the lowest levels, Ethiopia and Japan, the figure was around 5%.
Traducción:
De lejos, el nivel más alto de violencia física ejercida por alguien distinto del compañero sentimental fue en Samoa con 62%, con el siguiente nivel más alto de prevalencia siendo Perú (28% en zona urbana y 32% en zona rural). Incluso en los entornos con el nivel más bajo, Etiopía y Japón, la figura estaba alrededor del 5%.
Ahí los tenemos, comparando un país de cada continente. No obstante, esto no consigue acabar del todo con el argumento feminista de que los países no son comparables. Simplemente, deben negar también la fiabilidad de la WHO. Lo que ocurre es que esto puede ser mucho negar. También se podría argüir que, aunque el general de los países sea comparable, es posible que dos países concretos no lo sean entre sí (por algún motivo específico).

Ciertamente, no se puede abandonar la orientación de que los resultados de cada país estarán influenciados por su cultura, y es razonable mantener unos sanos márgenes de error cuando se hagan comparaciones. Pero, aun así, es poco razonable creer que toda la diferencia en el ejemplo que he citado entre Samoa y Etiopía se deba sólo o mayoritariamente a que en Etiopía falta concienciación sobre este tema.

Análisis estadístico de la macroencuesta

La hipótesis feminista indica que mayor igualdad implica menor violencia contra la mujer y, especialmente, menor violencia contra la mujer del compañero sentimental. Sin embargo, nos suelen contar que los datos muestran lo contrario, que en los países con mayores índices de igualdad las mujeres declaran las mayores tasas de violencia contra la mujer. El feminismo aporta una explicación que consiste en afirmar que esa mayor violencia declarada proviene de una mayor concienciación de las mujeres en los países con mucha igualdad. El objetivo de esta sección es realizar un análisis estadístico de los datos de la macroencuesta para saber si los datos sostienen dicha explicación.

Lo que voy a hacer es realizar regresiones entre el Gender Equality Index del EIGE de 2013 y las distintas series de resultados de la macroencuesta para observar si existe algún tipo de correlación. El índice utilizado será el Gender Equality Index de 2013 porque es el mismo que utilizan en la macroencuesta (página 32 [20]). En este índice no está incluido Croacia, así que este país está excluido de todo el análisis.

Me centraré sólo en la violencia contra la mujer a partir de los 15 años. En la violencia en la infancia redefinen los términos "violencia física" y "violencia sexual" ya que preguntan cosas diferentes que cuando se refieren a la violencia física y sexual para las mujeres a partir de 15 años.

Consideraciones previas

Tamaño de la muestra
Uno de los problemas para el análisis de correlaciones de los datos de la macroencuesta es que cada serie tiene sólo 27 datos (uno por país). Por ejemplo, si vamos a la violencia física del compañero sentimental, obtendremos 27 medidas, una por país, con las que observar si existe una correlación entre el índice de igualdad y la violencia física del compañero sentimental. Con una muestra de sólo 27 países ocurre que pequeñas variaciones en los datos pueden suponer diferencias en órdenes de magnitud en la significancia de la correlación debido a la dispersión de los datos.

Correlaciones con p < 0,05
Muchas de las correlaciones que veremos tienen una significancia de 0,05. O sea, hay menos de un 5% probabilidades de que la correlación sea fruto del azar. El problema de tener muchas correlaciones de esta significancia es que no se puede obviar el efecto acumulado de las mismas. Si tengo muchas correlaciones con significancia 0,05, ¿cuál es la probabilidad de que una o más de estas correlaciones sea fruto del azar? Pues, por ejemplo, con 10 correlaciones la probabilidad es del 40,13%. Hay que tener cuidado de sacar conclusiones de una sola correlación de poca significancia entre muchas.

Bajo número de respuestas en algunas medidas
Muchas veces, en particular en los motivos para no denunciar, nos encontraremos casos de países representados por muy pocas mujeres. Estamos hablando de porcentajes que representan menos de 10 mujeres (incluso ninguna mujer, a veces). Estas cantidades son estadísticamente poco fiables y la presencia (o ausencia) de correlación hay que evaluarla con cuidado.

Definiciones y términos 

Una de las dificultades para interpretar los datos que se nos dan son las ideas que determinados términos asociados con la violencia evocan en nuestra imaginación. Si yo digo que voy a presentar los datos relativos al "acoso" que sufren las mujeres, ¿qué se entiende por acoso? ¿qué comportamientos se han considerado como tal?

Jugar con las definiciones de los términos es lo que muchas veces ha llevado a resultados engañosos. Por ejemplo, el clásico 1 de 5 mujeres será violada a lo largo de su vida en EE.UU. (no, no me estoy refiriendo a los campus universitarios, me refiero a toda la población de EE.UU.) según el CDC. Resulta que, entre otras cosas, la encuesta había considerado violación cualquier relación sexual mantenida por la víctima mientras estuviera bajo los efectos del alcohol, y dicha categoría constituía el 61,5% de las "víctimas de violación". Christina Hoff Sommers lo explica en su video [34], a partir del minuto 1:55.

Las traducciones de los comportamientos son de mi propia cosecha ya que no he podido encontrar el cuestionario utilizado en cada idioma.

Violencia física
En la página 27 [20] de los resultados principales encontramos la lista de comportamientos que las mujeres podían seleccionar como violencia física.
How often has someone:
  • Pushed you or shoved you? 
  • Slapped you?
  • Thrown a hard object at you?
  • Grabbed you or pulled your hair?
  • Beaten you with a fist or a hard object, or kicked you?
  • Burned you?
  • Tried to suffocate you or strangle you?
  • Cut or stabbed you, or shot at you?
  • Beaten your head against something?
Traducción:
¿Con qué frecuencia alguien:
  • Te ha empujado?
  • Te ha dado una bofetada?
  • Te ha tirado un objeto duro?
  • Te ha agarrado o tirado del pelo?
  • Te ha golpeado con el puño o un objeto duro, o dado una patada?
  • Te ha quemado?
  • Te ha intentado ahogar o estrangular?
  • Te ha cortado o apuñalado, o disparado?
  • Te ha golpeado la cabeza contra algo?
Violencia sexual
De nuevo, en la página 27 [20] de los resultados principales encontramos la lista de comportamientos que se presentaron a las mujeres como violencia sexual.
How otften has someone:
  • Forced you into sexual intercourse by holding you down or hurting you in some way?
  • Apart from this, attempted to force you into sexual intercourse by holding you down or hurting you in some way? 
  • Apart from this, made you take part in any form of sexual activity when you did not want to or you were unable to refuse?
  • Or have you consented to sexual activity because you were afraid of what might happen if you refused?
Traducción:
¿Con qué frecuencia alguien:
  • Te ha forzado a tener relaciones sexuales sujetándote o haciéndote daño de alguna manera?
  • Aparte de lo anterior, te ha intentado forzar a tener relaciones sexuales sujetándote o haciéndote daño de alguna manera?
  • Aparte de lo anterior, te ha hecho tomar parte en cualquier forma de actividad sexual cuando no querías o no podías negarte?
  • O has consentido cualquier actividad sexual porque tenías miedo de lo que pudiera pasar si te negabas?
En todos los casos anteriores, en el texto se aclara que por "sexual intercourse" (relación sexual) se entiende cualquier actividad que incluya penetración, ya sea oral, vaginal o anal. El término "sexual activity" (actividad sexual) es más genérico y no requiere penetración.

Acoso
Encontramos los comportamientos que se han considerado acoso en la página 82 [20] de los resultados principales.
has the same person repeatedly done one or more of the following things to you:
  • sent you emails, text messages (SMS) or instant messages that were offensive or threatening? 
  • sent you letters or cards that were offensive or threatening?
  • made offensive, threatening or silent phone calls to you?
  • posted offensive comments about you on the internet?
  • shared intimate photos or videos of you, on the internet or by mobile phone?
  • loitered or waited for you outside your home, workplace or school without a legitimate reason? 
  • deliberately followed you around?
  • deliberately interfered with or damaged your property?
Traducción:
la misma persona ha realizado una o más de las siguientes cosas:
  • Te ha enviado emails, mensajes de texto (SMS) o mensajes instantáneos que eran ofensivos o amenazantes?
  • Te ha enviado cartas o tarjetas que eran ofensivas o amenazantes?
  • Ha realizado llamadas ofensivas, amenazantes o silenciosas?
  • Ha publicado comentarios ofensivos acerca de tí en Internet?
  • Ha compartido fotos o videos íntimos sobre tí, en Internet o a través del teléfono móvil?
  • Ha merodeado o te ha esperado cerca de tu casa, tu lugar de trabajo o escuela sin una razón legítima?
  • Te ha seguido deliberadamente?
  • Ha entrado en o dañado tu propiedad?
Acoso sexual
La página 97 [20] nos dice qué se ha considerado acoso sexual.
How often have you experienced any of the following? 
  • Unwelcome touching, hugging or kissing?
  • Sexually suggestive comments or jokes that made you feel offended?
  • Inappropriate invitations to go out on dates?
  • Intrusive questions about your private life that made you feel offended?
  • Intrusive comments about your physical appearance that made you feel offended?
  • Inappropriate staring or leering that made you feel intimidated?
  • Somebody sending or showing you sexually explicit pictures, photos or gifts that made you feel offended?
  • Somebody indecently exposing themselves to you?
  • Somebody made you watch or look at pornographic material against your wishes?
  • Unwanted sexually explicit emails or SMS messages that offended you?
  • Inappropriate advances that offended you on social networking websites such as Facebook, or in internet chat rooms?
Traducción:
¿Con qué frecuencia has experimentado alguna de las siguientes cosas?
  • ¿Tocamientos, abrazos o besos no deseados?
  • ¿Bromas o comentarios sexualmente sugerentes que te han hecho sentir ofendida?
  • ¿Invitaciones inapropiadas para tener una cita?
  • ¿Preguntas intrusivas acerca de tu vida privada que te han hecho sentir ofendida?
  • ¿Comentarios intrusivos acerca de tu apariencia física que te han hecho sentir ofendida?
  • ¿Miradas lascivas o inapropiadas que te han hecho sentir intimidada?
  • ¿Alguien te envía o te muestra imágenes, fotos o regalos sexualmente explícitos que te hacen sentir ofendida?
  • ¿Alguien se exhibe de manera indecente hacia tí?
  • ¿Alguien te hace ver material pornográfico en contra de tus deseos?
  • ¿Mensajes SMS o emails no deseados con contenido sexualmente explícito que te ha ofendido?
  • ¿Avances inapropiados que te han ofendido en redes sociales como Facebook, o en salas de chat de Internet?
Compañero sentimental
En el estudio lo denominan "partner". El compañero sentimental se refiere a todas aquellas personas con las que la mujer mantiene o mantuvo una relación sentimental. Esto incluye matrimonio, parejas de hecho y noviazgos con o sin convivencia.

Violencia doméstica
Nos lo dicen en la página 9 [20] del documento de resultados:
‘domestic violence’ shall mean all acts of physical, sexual, psychological or economic violence that occur within the family or domestic unit or between former or current spouses or partners, whether or not the perpetrator shares or has shared the same residence with the victim.
Traducción:
 "Violencia doméstica" son todos los actos de violencia física, sexual, psicológica o económica que ocurren en la unidad doméstica o familiar o entre el actual o previo cónyuge o compañero sentimental, independientemente de si el perpetrador comparte o ha compartido la misma residencia que la víctima.
En el estudio se usa la expresión "violence from partner" (violencia del compañero sentimental) para especificar aquellas formas de violencia que provienen de la pareja sentimental. Nótese la diferencia de la definición de la expresión "domestic violence" y su homónimo "violencia doméstica" en España. La expresión "violencia doméstica" en España hace referencia a la violencia por parte del compañero sentimental, excompañero sentimental y familiares, mientras que en el estudio de la FRA sólo hace referencia a la violencia del compañero o excompañero sentimental.

Violencia del compañero sentimental

Violencia física del compañero sentimental
No se aprecia correlación entre el índice de igualdad y el porcentaje de mujeres que afirman ser víctimas de violencia física por parte de algún compañero sentimental (p = 0,0664; coeficiente = 0,44; R2 = 0,196). Si quitamos a Letonia (LV), que parece un atípico, la significancia mejora ligeramente (p = 0,024). Sin embargo, quitar los países nórdicos hace desaparecer completamente la correlación (p = 0,724). Observamos países como Reino Unido (UK), Letonia (LV) o Francia (FR) que con un índice de igualdad más bajo, presentan niveles similares de violencia comparados con los países nórdicos. 

Violencia sexual del compañero sentimental
En este caso detectamos una correlación significativa (p = 0,00033; coeficiente = 0,64; R2 = 0,41). Resulta llamativa la distribución de esta gráfica. La mayoría de países están formando una "nube" que parece tener poco que ver con la línea. Si quitamos los países nórdicos y Holanda de la colección de datos, la correlación desaparece (p = 0,15).

Violencia psicológica del compañero sentimental
En este caso encontramos una correlación débil (p = 0,024; coeficiente 0,43; R2 = 0,186). La correlación mejora (p = 0,0063) si excluimos a Letonia (LV), que parece un dato atípico en la distribución. De nuevo, la mayoría de países parecen formar una distribución que poco tiene que ver con la línea. Si quitamos a los países nórdicos, la correlación desaparece totalmente (p = 0,47).

Denuncias debidas a violencia del compañero sentimental
Si una mujer se declaraba víctima de violencia física o sexual del compañero sentimental, se le preguntaba si denunció su situación a algún organismo. En concreto, estos son los datos de denuncias a la policía.

No se aprecia correlación entre el índice de igualdad y el porcentaje de mujeres que denuncian a su compañero sentimental sobre el total de mujeres declaradas víctimas (p = 0,14).

Razones para no denunciar violencia del compañero sentimental
En caso de declararse víctima de violencia física o sexual del compañero sentimental y no denunciar, se presentaba a las mujeres una lista para que señalaran uno o varios motivos por los cuales no denunciaron. La mayoría de los motivos de no denuncia fueron señalados muy pocas veces, y sólo algunos países específicos sobresalen en algunos de esos motivos.

Se nota una tendencia general descendente en relación con el índice de igualdad. En particular en los casos "Did not think they [the police] could do anything" ("Creí que [la policía] no podían hacer nada" p = 0,0078; coeficiente = -0,5; R2 = 0,25), "Fear of offender, reprisal ("Miedo del agresor, represalia" p = 0,0014; coeficiente = -0,58; R2 = 0,34) y "Shame, embarrasment" ("Vergüenza", p = 0,011; coeficiente = -0,48; R2 = 0,23).

El motivo de "Dealt with it myself / involved a friend / family matter" ("Lo resolví yo mismo / me ayudó un amigo / problema familiar") no presenta correlación alguna (p = 0,26).

Sin embargo, hemos visto antes que el porcentaje de denuncias no tiene correlación con el índice de igualdad (incluso tiene un ligero descenso). Si los motivos para no denunciar tienden a bajar cuando aumenta el índice de igualdad, ¿qué está pasando? Pues que hay un motivo que crece conforme aumenta el índice de igualdad.
El motivo "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" (considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrió) tiene correlación con el índice de igualdad (p = 0,000047; coeficiente = 0,7; R2 = 0,49). No obstante, quitar los países nórdicos hace desaparecer la correlación (p = 0,075).

Violencia del compañero sentimental y la paradoja nórdica
La excusa feminista para la paradoja nórdica no comienza muy bien su andadura. Si nos ceñimos a los países que tienen menos de 61 en el índice de igualdad (todos los países excepto los países nórdicos y Holanda), no encontramos correlación alguna. Excepto en la violencia sexual, Holanda no está tan lejos de los países con menos igualdad que él. Si sólo estudiáramos estos datos llegaríamos a la inequívoca conclusión de que no hay relación entre el índice de igualdad y lo que las mujeres revelan en materia de violencia del compañero sentimental. Es cuando añadimos a los países nórdicos que surge una correlación aproximada.

La correlación más fuerte la podemos encontrar en la violencia sexual por parte del compañero sentimental. Y aun así, no hay influencia ninguna entre la igualdad y la cantidad de violencia sexual declarada por las mujeres para países con un índice de igualdad inferior a 61, como evidencia la ausencia de correlación si excluimos a los países nórdicos y Holanda.

De momento, parece claro que lo de "a mayor igualdad, más concienciación y las mujeres declaran más violencia" sólo se cumple para los países nórdicos. Debería observarse un aumento lineal de la violencia declarada con el aumento del índice de igualdad para el resto de países y parece que no es así. En los países con igualdad baja tenemos países en los que se declara tanta violencia como en los países nórdicos, como Letonia (LV) o Lituania (LT).

Cuando miramos las denuncias, parece que sigue todo en la misma dirección. Mejores políticas de igualdad no van de la mano con más denuncias. Es más, las mujeres nórdicas destacan por no denunciar su situación en caso de declarse víctimas de violencia de algún compañero sentimental (Dinamarca y Finlandia tienen un 7%, los dos valores más bajos de toda la UE, Suecia tiene un 11%, el 8º más bajo). Holanda, con casi el mismo índice de igualdad, se encuentra en mitad de la tabla con un 15%.

El tema mejora cuando observamos los motivos de no denuncia. Varios de los motivos de no denuncia presentan una tendencia descendente con el aumento del índice de igualdad. Este hecho estaría en línea con la idea de que un aumento de la igualdad ayuda a las mujeres a hablar de sus problemas. No obstante, hay dos motivos de denuncia que son mayoritarios: "Dealt with it myself / involved a friend / family matter" ("Lo resolví yo mismo / me ayudó un amigo / problema familiar") y "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" (considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrió). El primero de ellos no presenta correlación alguna con el índice de igualdad, pero el segundo sí. De nuevo, son los países nórdicos los que marcan la existencia de la correlación. Si los omitimos, la correlación con "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" desaparece.

De todo ello sacamos la conclusión de que mejores políticas de igualdad disminuyen algunos de los motivos para no denunciar (vergüenza, miedo...), pero en vez de que eso se transforme en más denuncias, parece que se torna en otro motivo para no denunciar. Las mujeres estarían pasando de tener miedo o vergüenza de contar su situación, a hablar de su situación como algo poco importante.

En lo que se refiere a violencia del compañero sentimental, el perfil de los países nórdicos parece único y distinto del resto de países. Se caracterizan por unos altos índices de violencia, bajos índices de denuncia y una prevalencia del motivo "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" como principal causa de no denuncia.

Violencia de alguien distinto al compañero sentimental

Violencia física de alguien distinto al compañero sentimental


La correlación con el índice de igualdad es muy fuerte (p = 5,43 * 10-8; coeficiente = 0,84; R2 = 0,72). La correlación no desaparece cuando quitamos los países nórdicos (p = 6,64 * 10-5; coeficiente = 0,72; R2 = 0,522).

Violencia sexual de alguien distinto al compañero sentimental
La correlación es también muy pronunciada (p = 2,8 * 10-7; coeficiente = 0,81; R2 = 0,658). Igual que antes, la correlación no desaparece al quitar los países nórdicos (p = 0,0002; coeficiente = 0,68; R2 = 0,469).

Denuncias debidas a violencia de alguien distinto al compañero sentimental
No se aprecia correlación alguna (p = 0,24). Puede notarse que el hecho de que más mujeres se declaren víctimas conforme sube el índice de igualdad no se traduce en un mayor número de denuncias.

Razones para no denunciar violencia de alguien distinto al compañero sentimental
En caso de declararse víctima de violencia física o sexual de alguien distinto al compañero sentimental y no denunciar, se presentaba a las mujeres una lista para que señalaran uno o varios motivos por los cuales no denunciaron. La mayoría de los motivos de no denuncia fueran señalados muy pocas veces, y sólo algunos países específicos sobresalen en algunos de esos motivos.

Se nota una tendencia general descendente en relación con el índice de igualdad. En particular en los casos "Did not think they [the police] would do anything" ("Creí que [la policía] no iban a hacer nada" p = 0,02; coeficiente = -0,42; R2 = 0,183), "Fear of offender, reprisal ("Miedo del agresor, represalia" p = 0,06; coeficiente = -0,36; R2 = 0,133) y "Shame, embarrasment" ("Vergüenza", p = 0,04; coeficiente = -0,398; R2 = 0,158). En el caso de "Fear of offender, reprisal", la correlación mejora (p = 0,02; coeficiente = -0,45) al quitar Austria (AT).


El motivo de "Dealt with it myself / involved a friend / family matter" ("Lo resolví yo mismo / me ayudó un amigo / problema familiar") se queda cerca (p = 0,08). No obstante, si excluimos Bulgaria (BG), la correlación se vuelve significativa (p = 0,0067; coeficiente = -0,52). Si quitamos a los países nórdicos, la correlación desaparece (p = 0,63). Si quitamos los países nórdicos y Bulgaria no hay correlación (p = 0,17).

De nuevo, los motivos para no denunciar bajan en líneas generales conforme aumenta el índice de igualdad. Así que, ¿por qué no aumentan las denuncias? El motivo "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" (considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrió) vuelve a darnos la respuesta.
La correlación resulta significativa (p = 0,0039; coeficiente = 0,53; R2 = 0,288). Al igual que pasa con su homólogo en la violencia del compañero sentimental, al quitar los países nórdicos la correlación desaparece.

Violencia de alguien distinto al compañero sentimental y la paradoja nórdica
Las cosas pintan mejor aquí para la explicación feminista de la paradoja nórdica. La correlación lineal entre el índice de igualdad y la violencia declarada se mantiene en ausencia de los países nórdicos. Como puede verse, la "nube" de puntos sube conforme nos desplazamos hacia la derecha en las gráficas de dispersión.

Sin embargo, las denuncias no presentan correlación ninguna. Más índice de igualdad no implica más denuncias, a pesar de que más mujeres se declaren víctimas. Pero, a excepción de Suecia (8%), los países nórdicos no están tan abajo comparados con el resto de la UE.

Las causas generales de no denuncia vuelven a presentar una tendencia descendente, de manera similar a la violencia del compañero sentimental. Con la diferencia de que en la violencia del compañero sentimental la correlación existía en la categoría "Did not think they [the police] could do anything" y ahora la correlación se presenta en "Did not think they [the police] would do anything". Se agrega a la lista el motivo "Dealt with it myself / involved a friend / family matter" que también presenta una correlación significativa descendente (cuando excluimos Bulgaria).

De la misma forma que en la violencia del compañero sentimental, el aumento de mujeres que se declaran víctimas y la disminución general de los motivos de no denuncia se traduce en un aumento del motivo de no denuncia "Too minor / not serious enough / never ocurred to me".

En este apartado se cumplen las predicciones de la paradoja nórdica, como evidencia la correlación entre índice de igualdad y declaración de violencia de las mujeres. El comportamiento de las víctimas, sin embargo, es similar al del apartado anterior.

Acoso


Tenemos una correlación entre el índice de igualdad y el acoso (p = 0,0001; coeficiente = 0,67; R2 = 0,45). A pesar de ello, podemos ver ejemplos de países con mucho acoso (en torno al 25%) a lo largo de la horizontal. Aunque quitemos los países nórdicos, la correlación se mantiene (p = 0,005; coeficiente = 0,55; R2 = 0,307).

Denuncias por acoso
Al igual que en casos anteriores, no hay correlación entre el índice de igualdad y las denuncias por acoso (p = 0,19).

Motivos para no denunciar acoso
En caso de declararse víctima de acoso y no denunciar, se presentaba a las mujeres una lista para que señalaran uno o varios motivos por los cuales no denunciaron. La mayoría de los motivos de no denuncia fueran señalados muy pocas veces, y sólo algunos países específicos sobresalen en algunos de esos motivos.

Se nota una tendencia general descendente en relación con el índice de igualdad. En particular en los casos "Fear of offender, reprisal ("Miedo del agresor, represalia" p = 0,007; coeficiente = -0,5; R2 = 0,257) y "Shame, embarrasment" ("Vergüenza", p = 0,028; coeficiente = -0,42; R2 = 0,179). No obstante, hubo muy poca respuesta en estos casos y estas correlaciones podrían ser una simple casualidad. Por ejemplo, en el caso de "Fear of offender, reprisal" respondieron Lituania (1 mujer), España (2), Eslovenia (3), Estonia (4), Finlandia (4), Portugal (4), Reino Unido (4).

El motivo de "Dealt with it myself / involved a friend / family matter" ("Lo resolví yo misma / me ayudó un amigo / problema familiar") no muestra correlación (p = 0,28).

Y una vez más nos encontramos con la falta de aumento de las denuncias. El motivo "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" (considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrió) vuelve a la carga.
Y tenemos correlación nuevamente (p = 0,00578; coeficiente = 0,517; R2 = 0,267). Al quitar los países nórdicos la correlación queda muy justita (p = 0,0515). A pesar de la correlación, podemos encontrar países en los que las mujeres piensan que sus experiencias son poco importantes a lo largo de toda la horizontal (alrededor del 40%).

Acoso y la paradoja nórdica
El acoso presenta un curioso diagrama de dispersión. Hay una nube densa de países por debajo del 15% y unos pocos países con valores muy altos para valores de igualdad bajos. En el apartado anterior, los países nórdicos tenían valores altos de violencia, por encima de cualquier otro país. Pero en el caso del acoso hay otros países con diversos valores de igualdad cuyas mujeres declaran sufrir un nivel de acoso similar (en torno al 25%). No obstante, la tendencia general cumple las espectativas de la explicación feminista de la paradoja nórdica.

El aspecto del resto de datos sigue la línea de los apartados anteriores. Las denuncias siguen sin presentar correlación ninguna. Los motivos para no denunciar, quitando los dos mayoritarios ("Dealt with it myself / involved a friend / family matter", "Too minor / not serious enough / never ocurred to me"), tienen pocas respuestas pero, al menos en los dos motivos mencionados, siguen la tendencia descendente descrita en los apartados anteriores.

Voy a insistir una vez más en que en los motivos de no denuncia por acoso, excepto los dos motivos mayoritarios, el número de respuestas es realmente bajo, y las correlaciones de estas series hay que cogerlas con cuidado.

Los dos motivos mayoritarios presentan valores promedios similares a los anteriores apartados. Lo que ha cambiado significativamente es el promedio de las denuncias. En el caso del acoso, el promedio es del 26%, frente al 13% de denuncias en caso de la violencia del compañero sentimental y el 14% de la violencia de alguien distinto al compañero sentimental.

Al igual que con la violencia por parte de una persona distinta del compañero sentimental, tenemos una fuerte correlación entre violencia y el índice de igualdad, lo que cumple las espectativas de la explicación feminista a la paradoja nórdica. Y también, nuevamente, las denuncias no tienen relación con el índice de igualdad y el motivo de no denuncia "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" presenta una correlación positiva.

Acoso sexual

Tenemos una correlación fuerte entre el índice de igualdad y el acoso sexual (p = 5,1 * 10-8; coeficiente = 0,84; R2 = 0,701). Si quitamos los países nórdicos, la correlación se mantiene (p = 2,96 * 10-8; coeficiente = 0,745; R2 = 0,555).

Denuncias
En este caso, en la macroencuesta no nos encontramos manera alguna de saber el porcentaje de denuncias por país. En los resultados online sólo existe la opción "Talking to anyone about your most serious incident of sexual harrasment" (Hablaste con alguien de tu incidente más serio de acoso sexual) y con sólo las opciones "Sí" y "No". En la página 116 de los resultados principales encontramos [20]:
Of those women who spoke to somebody or reported the most serious incident to some authority, 28 % of respondents talked to a friend, 24 % spoke to a family member or a relative, and 14 % talked to their partner. Some 4 % of victims contacted the police
Traducción:
De las mujeres que hablaron con alguien o denunciaron su incidente más serio a alguna autoridad, el 28% de las entrevistadas habló con un amigo, 24% habló con un miembro de su familia, y el 14% habló con su pareja. Un 4% de las víctimas contactaron a la policía
Hay que tener en cuenta que el ese 4% de mujeres que denunciaron se cuenta entre las mujeres que hablaron con alguien o denunciaron su incidente más serio. En la página 115 podemos ver que el 63% de las víctimas de acoso sexual hablaron con alguien de dicho incidente. Con lo que, en total, el 2,52% del total de víctimas de acoso sexual denunciaron a la policía.

Motivos de no denuncia
El problema con que nos encontramos en este apartado es que estos porcentajes se refieren al total de mujeres que decidieron no hablar con nadie de su peor incidente de acoso sexual (el 35% de mujeres, hay un 2% que no responde), no del número de mujeres que no denunció a algún organismo. Además, el 52% de estas mujeres se decidió por la opción "Dealt with it myself / involved a friend / family matter" ("Lo resolví yo mismo / me ayudó un amigo / problema familiar") y el 30% por "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" (Considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrio).

Los únicos motivos que destacan algo son "Did not think it would help [talk to someone]" (No pensé que sería de ayuda [hablar con alguien]) (p = 0,65), "Fear of offender, reprisal" (Miedo del agresor, represalias) (p = 0,14) y "Shame, embarrasment" (Vergüenza) (p = 0,35). No obstante, ninguno de ellos tiene correlación con el índice de igualdad.


Tenemos una correlación entre el índice de igualdad y el motivo "Dealt with it myself / involved a friend / family matter" (p = 0,001; coeficiente = -0,59; R2 = 0,35). La correlación se mantiene aunque quitemos los países nórdicos (p = 0,016; coeficiente = -0,49; R2 = 0,237).

Y finalmente, el motivo "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" (p = 0,007; coeficiente = 0,5; R2 = 0,254). Quitar los países nórdicos hace desaparecer la correlación, pero se mantiene si también quitarmos Rumanía (RO), Malta (MT) y Lituania (LT) que parecen atípicos. Al igual que con el acoso, algunos países con un índice igualdad bajo, están a la altura de los países nórdicos.

Acoso sexual y la paradoja nórdica
El acoso sexual presenta una fuerte correlación con el índice de igualdad, lo que estaría en línea con la explicación feminista de la paradoja nórdica. Incluso al quitar los países nórdicos, la correlación lineal se mantiene.

A diferencia de los anteriores apartados, no disponemos de los ratios de denuncias a la policía para cada país por parte de las mujeres declaradas víctimas. Disponemos del porcentaje de mujeres que decidieron denunciar de entre las mujeres que se declararon víctimas en toda la UE (2,52 %). Este es un porcentaje de denuncias extremadamente bajo comparado con los porcentajes de denuncias en otros apartados.

En los motivos de no denuncia no encontramos el ligero descenso conforme aumenta el índice de igualdad que sí aparece en los anteriores apartados en varios de los motivos de no denuncia. Finalmente, las mujeres tienden a arreglar el problema ellas mismas y, conforme sube el índice de igualdad, a considerar el problema como un evento poco serio.

Tenemos unas tasas de acoso sexual relativamente altas (comparado con otros tipos de violencia), una tasa de denuncias realmente baja y, mayoritariamente, las víctimas deciden no decir nada a nadie, arreglarlo ellas mismas o considerar el asunto como algo poco serio. Una posible explicación de estos resultados es que se estén considerando como "acoso sexual" comportamientos comunes (de ahí la alta tasa de incidencia), pero que no tienen por qué ser constitutivos de delito (la "víctima" no denuncia simplemente porque no puede). He seleccionado los comportamientos considerados "acoso sexual" por el estudio que encajan en este patrón:
  • ¿Bromas o comentarios sexualmente sugerentes que te han hecho sentir ofendida?
  • ¿Invitaciones inapropiadas para tener una cita?
  • ¿Preguntas intrusivas acerca de tu vida privada que te han hecho sentir ofendida?
  • ¿Comentarios intrusivos acerca de tu apariencia física que te han hecho sentir ofendida?
  • ¿Miradas lascivas o inapropiadas que te han hecho sentir intimidada?
  • ¿Avances inapropiados que te han ofendido en redes sociales como Facebook, o en salas de chat de Internet?
Estos comportamientos son indicativo de que una persona es inmadura o maleducada, pero no son delitos (al menos, no por sí solos). Además, está el componente subjetivo de "sentirse ofendida", o qué se considera "inapropiado". Esta claro que, con semejantes comportamientos como "acoso sexual", los resultados no nos sirven de mucho.

No es de extrañar que en la página 114 comenten esto [20]:
In contrast, the majority of women [victims] (55  %) did not indicate any of the long-term psychological consequences listed in Figure 6.19 as a result of the most serious incident of sexual harassment.
Traducción:
Por contra, la mayoría de las mujeres [víctimas] (55 %) no indicaron ninguna de las consecuencias psicológicas a largo plazo listadas en la Figura 6.19 como resultado de su incidente más serio de acoso sexual.

Miedo a ser asaltada


Se preguntó a las mujeres por su miedo a ser asaltadas física o sexualmente.
La correlación es débil (p = 0,023, coeficiente = 0,43; R2 = 0,19). Si quitamos los países nórdicos la correlación desaparece (p = 0,65). En la encuesta desglosan este resultado por tipo de perpetrador (pareja sentimental, expareja sentimental, familiar, compañero de trabajo, amigo/conocido, desconocido). Excepto la categoría "desconocido", los porcentajes son bastante bajos y hay poca diferencia entre países.

De nuevo, nos encontramos con una correlación débil (p = 0,032; coeficiente = 0,41; R2 = 0,172).

Precauciones tomadas para evitar asaltos
También se preguntó a las mujeres si, de vez en cuando, evitaban lugares o situaciones específicas por miedo a ser asaltadas.
Sin embargo, no hay ninguna correlación entre el índice de igualdad y las precauciones que toman las mujeres (p = 0,48).

La encuesta desglosa este resultado en distintos componentes. Aquellos que son más de sentido común como "Avoided certain streets or certain areas" (Evitar ciertas calles o zonas), "Avoided going to places where there are no other people" (Evitar sitios donde no haya otras personas), "Avoided opening your door when home alone" (Evitar abrir la puerta cuando estás sola) no tienen correlación alguna con el índice de igualdad. Otros tienen una correlación débil con tendencia descendente, como "Avoided leaving home on your own" (Evitar salir de casa sola, p = 0,028; coeficiente = -0,42; R2 = 0,178), "Avoided going home because of what might happen there" (Evitar ir a casa por lo que pudiera pasar allí, p = 0,012; coeficiente = -0,47; R2 = 0,224) y "Avoided being alone with a colleague or boss at work" (Evitar quedarse sola con un colega o el jefe en el trabajo, p = 0,03; coeficiente = -0,42; R2 = 0,173). Esto sugiere que un aumento del índice de igualdad puede reducir ligeramente en algunas percepciones de riesgo que tienen las mujeres.

Miedo a ser asaltada y la paradoja nórdica
Lo primero que nos encontramos es una correlación débil y ascendente entre la igualdad y el miedo a ser asaltada. La explicación feminista de esta correlación podría ser que si las mujeres hablan más de la violencia que reciben, eso hace que las mujeres sean más conscientes de la violencia que hay, lo que provoca que tengan más miedo. Sin embargo, esta correlación no llega a ser robusta del todo ya que le ocurre como otros casos que hemos visto: al eliminar los países nórdicos desaparece totalmente la correlación. Eso significa que para el resto de países no hay relación ninguna entre la igualdad y el miedo a ser asaltada y que en los países nórdicos hay un miedo inusualmente alto a ser asaltada. En particular, resulta llamativo que entre los índices de igualdad 40 y 45 haya repartidos países a lo largo de toda la vertical.

Una hipótesis alternativa es que, a más violencia contra la mujer, más miedo a ser asaltadas. Así que vamos a cruzar el miedo a ser asaltada con las distintas formas de violencia a ver qué sale.
Tenemos una correlación entre el miedo a ser asaltada y la violencia física y/o sexual declarada por las mujeres en cada país (p = 9,52 * 10-5; coeficiente = 0,68; R2 = 0,462). Además, la correlación no desaparece al quitar los países nórdicos (p = 0,006; coeficiente = 0,54; R2 = 0,297), aunque se debilita. Parece que se cumple que a más violencia declarada por las mujeres en un país, más miedo tienen de ser asaltadas en ese país.

Las precauciones para evitar asaltos parecen bastante independientes del índice de igualdad. Hay algunas que no tienen correlación y otras que tienen una correlación débil. Entre las que no tienen correlación encontramos actitudes preventivas que realizaría cualquier persona (evitar determinados lugares, evitar quedarse solo, no abrir la puerta a desconocidos cuando estás solo). El resto disminuyen ligeramente con el aumento de la igualdad.

Además, si cruzamos cada una de las distintas precauciones para evitar asaltos con el miedo a ser asaltada, sólamente dos de ellas presentan correlación: "Avoided certain streets or certain areas" (Evitar ciertas calles o zonas), "Avoided going to places where there are no other people" (Evitar sitios donde no haya otras personas). O sea, las mujeres que tienen miedo de ser asaltadas, sobre todo toman estas precauciones. Esto tiene sentido, ya que el miedo a ser asaltada por un desconocido es el más señalado entre las mujeres que afirman tener miedo de ser asaltadas, seguido del de ser asaltadas por una expareja sentimental.

Concienciación

Percepción de la frecuencia de la violencia contra la mujer
Las mujeres fueron preguntadas por su percepción de la frecuencia de la violencia contra la mujer ("Perceptions of frequency of violence againts women"), y eligieron entre "Muy común", "Bastante común", "Poco común" y "Para nada común" (muy pocas respuestas en esta última). De las cuatro, la opción "Bastante común" tiene correlación con el índice de igualdad (p = 0,006; coeficiente = 0,51; R2 = 0,26). Sin embargo, las otras tres opciones no tienen correlación con el índice de igualdad. Existe una correlación negativa entre las opciones "Muy común" y "Poco común" (p = 0,477*10-8; coeficiente = -0,84; R2 = 0,704). O sea, a más mujeres que piensan que la violencia contra la mujer es "Muy común", hay menos mujeres que piensan que sea "Poco común" y viceversa.

Conocimiento de violencia doméstica
Este apartado se dividen dos partes: el conocimiento de violencia doméstica en su familia o amigos, y el conocimiento de violencia doméstica en el lugar de trabajo o estudio.
Conocer casos de violencia doméstica en el entorno familiar o de amistades tiene correlación con el índice de igualdad (p = 0,0003; coeficiente = 0,643; R2 = 0,413). Si se quitan los países nórdicos, la correlación se mantiene (p = 0,0048; coeficiente = 0,55; R2 = 0,309).

De forma similar, conocer casos de violencia doméstica en el entorno del lugar de trabajo o estudio también tiene correlación con el índice de igualdad (p = 0,0015; coeficiente = 0,58; R2 = 0,335). Si se quitan los países nórdicos, la correlación se mantiene (p = 0,03; coeficiente = 0,44; R2 = 0,198), aunque se debilita.

Conocimiento de campañas de concienciación de la violencia contra la mujer
No hay ninguna correlación entre el índice de igualdad y el hecho de haber oído o visto alguna campaña de concienciación de la violencia contra la mujer recientemente (p = 0,12).

Concienciación y la paradoja nórdica
El porcentaje de mujeres que cree que la violencia contra la mujer es bastante común en su país está correlacionado positivamente con la violencia por parte de alguien distinto del compañero sentimental (tanto física, p = 0,0036,  como sexual, p = 0,0013), el acoso (p = 8,07 * 10-5) y el acoso sexual (p = 0,0002). Sin embargo, carece de correlación ninguna con la violencia del compañero sentimental en ninguna de sus formas, excepto la violencia sexual del compañero sentimental (p = 0.015). Parece que las mujeres utilizan la violencia de alguien distinto del compañero sentimental como barómetro para emitir su percepción de la prevalencia de la violencia contra la mujer en su país.

El porcentaje de mujeres que cree que la violencia contra la mujer es muy común en su país presenta un cuadro muy distinto. No presenta ninguna correlación con la violencia de alguien distinto del compañero sentimental (en cualquiera de sus formas), con el acoso ni con el acoso sexual. No presenta correlación con la violencia física por el compañero sentimental y, de forma increible, presenta ¡correlación negativa! tanto con la violencia sexual del compañero sentimental (p = 0,035; coeficiente = -0,4) como con la violencia psicológica del compañero sentimental (p = 0,025; coeficiente = -0,43). Intuitivamente, uno pensaría que si en un país las mujeres piensan que la violencia contra la mujer es muy común, eso tendría correlación con unos altos índices de violencia declarado, pero resulta que no se aprecia ningún tipo relación.

Una posible explicación del fenómeno anterior es la existencia de correlación entre el porcentaje de mujeres que cree que la violencia es muy común en su país y el hecho de conocer alguna campaña reciente de concienciación de la violencia contra la mujer (p = 0,0003; coeficiente = 0,64; R2 = 0,408).
 

Interpretación de los datos de la macroencuesta

Ha llegado el momento de la controvertida tarea de extraer alguna conclusión de los datos presentados. Empecemos repasando la hipótesis de partida.

La paradoja nórdica en datos

En esta macroencuesta se aprecia muy bien la paradoja nórdica. Según el EIGE, la violencia contra la mujer proviene de las desigualdades sociales, económicas y políticas respecto del varón [18].
la violencia contra la mujer es una expresión de las desigualdades de poder entre hombres y mujeres. [..] La violencia contra la mujer se normaliza y se perpetúa frecuentemente debido a estas desigualdades estructurales. Por lo tanto, la subordinación histórica y contemporánea de la mujer en la vida económica, social y política debe ser reconocida cuando se intenta explicar la prevalencia de violencia directa contra la mujer en nuestras sociedades.
Si se eliminan dichas desigualdades (i.e. el índice de igualdad del EIGE sube), la violencia contra la mujer debería disminuir. Sin embargo, como se ha apreciado en los numerosos diagramas de distribución presentados, el número de víctimas parece independiente del índice de igualdad o sube conforme aumenta el mismo.

Estos datos destrozan completamente la predicción de la hipótesis feminista. En particular, los datos relativos a los países nórdicos simplemente no dejan lugar a dudas. Pues esto es lo que se conoce como "la paradoja nórdica".

Y aquí es donde entra la explicación feminista a dicha paradoja. Lógicamente, la teoría feminista necesita dar una explicación a esto, porque si no, su modelo resulta inútil al fallar la predicción de manera tan clamorosa. Y la explicación es que, a más igualdad, hay más concienciación y las mujeres hablan más abiertamente de la violencia que sufren. Eso nos lo dicen abiertamente en la página 25 del informe [20]:
Increased gender equality leads to higher levels of disclosure about violence against women
[...] it can be observed that Member States that are ranked highest in terms of gender equality tend also to have higher prevalence levels of violence against women in the FRA survey
Traducción:
Más igualdad lleva a niveles más altos de revelación de la violencia contra la mujer
[...] se puede observar que en los Estados Miembros que tienen los rangos más altos en términos de igualdad de género tienden también a tener unos niveles altos de predominio de violencia contra las mujeres en la encuesta del FRA
Vamos a contrastar esta hipótesis con los datos a ver si se sostiene

La explicación feminista: datos a favor y en contra


Los datos de la encuesta que se ajustan a la predicción son:
  • Todas las formas de violencia (excepto la violencia física del compañero sentimental) presentan correlación con el índice de igualdad.
  • El conocimiento de violencia en el entorno familiar o de trabajo sube conforme aumenta el índice de igualdad.
Los datos de la encuesta que no se ajustan a la predicción son:
  • Las denuncias de todos los tipos de violencia, ya que ninguno de ellos está relacionado con el índice de igualdad.
  • En todos los tipos de violencia, el motivo "Too minor / not serious enough / never ocurred to me" asciende conforme sube el índice de igualdad.
Según la hipótesis feminista, al subir la igualdad las mujeres hablan más de la violencia que reciben, sin embargo parece que hablan con más gente... excepto con la policía. Y al parecer el aumento de la igualdad no aumenta la conciencación de las mujeres, sino que aumentan las mujeres que consideran las agresiones como algo de menor importancia.

Entonces, ¿la explicación feminista es posible?

Ciertamente, explica varios de los datos de la encuesta pero dista de ser plenamente satisfactoria. La hipótesis feminista debería ser ampliada para dar una explicación razonable a un mayor número de indicadores. No obstante, entramos en el terreno de lo subjetivo y para una persona lo visto hasta ahora podría ser suficiente para aceptar la explicación de que a más igualdad las mujeres hablán más de violencia y para otra no.

Vamos a intentar arrojar algo de luz a la interpretación acudiendo a otras fuentes que hayan analizado la violencia contra la mujer. Tenemos este estudio [35] que comenta que más de 1 de cada 4 mujeres (25%) en Suecia ha sido víctima de violencia por parte de algún compañero sentimental (28% en la encuesta de la FRA), y que por cierto comenta que 1 de cada 6 hombres están en la misma situación. Este otro estudio [36] realizado en varios países nórdicos (Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia) dice que, a lo largo de la vida, las mujeres de estos cinco países se situan en un 38-66% para la violencia física (FRA: Dinamarca 48%, Finlandia 43%, Suecia 41%), 19-37% para la violencia emocional y 17-33% (FRA: Dinamarca 19%, Finlandia 17%, Suecia 18%) para la violencia sexual por parte de cualquier persona.

La Macroencuesta de violencia contra la mujer 2015 [37] de España arroja que el 10,3% de las mujeres han sido víctimas de violencia física por parte de su pareja o expareja sentimental (FRA: 12%) y que un 8,1% ha sido víctimas de violencia sexual por parte de su pareja o expareja sentimental (FRA: 4%) a lo largo de la vida.

Tenemos esta encuesta [38] sobre la violencia sexual en Bulgaria en el que el 11% (pagína 5) de las mujeres encuestadas afirman haber sido víctimas de violencia sexual a lo largo de la vida (FRA: 12%).

En la página 24 [20] de la encuesta del FRA, cita otros 7 estudios más que muestran resultados similares a los de dicha encuesta. Además de otros estudios de los países nórdicos (Finlandia, Dinamarca y Suecia), la lista se engrosa con Italia, Inglaterra y Gales, Alemania y Malta.

Así pues, tenemos un puñado de estudios y encuestas que arrojan resultados similares a la encuesta de la FRA. ¿Y por qué esto es importante? Pues es importante porque hay que resaltar que la hipótesis feminista está afirmando que existe un sesgo en los datos. O dicho de otra forma, lo que nos dicen es que los datos de violencia para los países de menos igualdad no son representativos debido a que habría muchas mujeres en dichos países que no se reconocen como víctimas.

Entonces, aceptar la explicación feminista implicaría aceptar que numerosos estudios tanto nacionales como internacionales de violencia contra la mujer en los países desarrollados están sesgados, o sea, sus resultados no sirven para nada.

La solución, claro, estaría en diseñar encuestas que tuvieran en cuenta este sesgo para eliminarlo o minimizarlo. ¿Y qué tipo de encuestas serían esas? ¡Pues una encuesta que siga la metodología de la WHO, como la encuesta del FRA! Todo lo que he comentado antes en el apartado "Fiabilidad de los datos de la macroencuesta" viene a defender, precisamente, que una encuesta con esa metodología no debería presentar este sesgo (o debería minimizarlo). Pero siempre puede haber alguien que piense que esa metodología no es suficiente.

Vamos a realizar el ejercicio mental de plantearnos demostrar que, efectivamente, el sesgo es cierto y las mujeres hablan menos de la violencia que padecen debido a que hay menos igualdad. Para ello, escogemos un país de igualdad moderada o baja de la UE (por ejemplo, España) y diseñamos una encuesta que tenga en cuenta el sesgo y que debiera arrojar unos elevados niveles de violencia contra la mujer no vistos hasta ahora. ¿Y qué resultados deberíamos obtener? Pues veamos la siguiente tabla (datos de la encuesta de la FRA):

Mujeres víctimas de violencia física y/o sexual desde la edad de 15 años

PaísÍndice de igualdad% del compañero
sentimental
% distinto del
compañero sentimental
España5413%16%
Suecia74,328%34%
Finlandia73,430%33%
Dinamarca73,632%40%

Según la hipótesis feminista, los resultados en España están sesgados debido a su inferior nivel de igualdad, y en realidad hay mucha más violencia de la que se representa. Para tener más victimización que los países nórdicos nuestro hipotético estudio tendría que arrojar unos resultados de más del doble de los actuales y eso sólo para ponernos a la altura de los países nórdicos. Si entendemos que España, por tener menor igualdad, tiene más violencia contra la mujer (de acuerdo al modelo incial de que a más igualdad menos violencia), tendríamos que esperar resultados del triple o más comparados con los datos de la FRA o de la Macroencuesta de la violencia contra la mujer de 2015 [37].

Rigurosamente hablando, imposible, imposible, no es. Pero de ser cierto tiraría por tierra todos los estudios hechos hasta ahora en España sobre el tema, además de que dejaría todas las estimaciones del número de mujeres víctimas de violencia en España realizadas hasta la fecha (incluso las estimaciones más alarmistas) a la altura del betún. Y además podemos repetir el experimento mental con otros países como Portugal, Austria, Portugal o Polonía con similares resultados.

Por si todavía hubiera dudas, veamos lo que pone en la página 25 de los resultados de la macroencuesta [20]:
Here, five possible explanations for observed differences between EU Member States in prevalence rates for violence against women are tentatively put forward. They require further exploration and research for corroboration.
[...]
Increased gender equality leads to higher levels of disclosure about violence against women
Traducción (negritas mías):

Aquí se presentan provisionalmente cinco posibles explicaciones para explicar las direncias observadas entre los Estados Miembros de la UE en las tasas de prevalencia de la violencia contra la mujer. Estas explicaciones requieren más exploración e investigación para su corroboración.
[...]
Más igualdad de género conlleva niveles altos de revelación de violencia contra la mujer
Por si acaso creías que era verdad porque lo has oído mucho: no, no es algo demostrado (y no lo digo yo, lo dice la FRA). Y todo este apartado viene a comentar que hay motivos para pensar que esta no es la explicación de la paradoja nórdica.

La influencia de los países nórdicos en el análisis

Al principio del análisis comentaba que el número de países es pequeño y que había que prestar atención a la hora de evaluar las correlaciones porque podrían llevarnos a conclusiones equivocadas. Y creo que estamos en uno de esos casos.

Si pensamos que las variables A y B están relacionadas, tomaremos una muestra, mediremos A y B y realizaremos una regresión a ver si hay correlación. Dicha correlación se representa gráficamente en un diagrama de dispersión, como he estado haciendo durante el análisis. Cuantas más muestras tome de A y B, más difícil será que la correlación sea fruto del azar. Si cojo un puñado de muestras (unos puntos en el diagrama de dispersión), es posible que haya cogido unas muestras que casualmente formen casi una línea recta, y aparecería una correlación que no es tal. Simplemente no tengo suficientes muestras para hacerme una idea real de las distribuciones de A y B, y por eso parecen relacionadas. Esto se puede testar agregando más muestras o eliminando algunas par ver si la correlación permanece, mejora o empeora.

Dado que resulta imposible añadir nuevos países porque no tenemos el EIGE de un país de fuera de la UE, lo que podemos hacer es quitar países y ver si la correlación se mantiene. Pero hay que quitar países con algún criterio que nos permita sacar alguna conclusión de los cambios.

Vamos a ver qué pasa con las correlaciones encontradas durante el análisis si quitamos los países nórdicos. El motivo por el que los quito es porque en muchos de los diagramas de dispersión da la impresión de que el resto de países forman una nube de puntos y que los países nórdicos están aislados en un rincón fuera de la distribución general. Por ejemplo, veamos el diagrama de distribución de la violencia física del compañero sentimental. 

Quitando Letonia (LV), que está ahí arriba, se puede ver como los países nórdicos están a la derecha, aislados, mientras el resto de países forma un "cúmulo" en forma de cuadrado que se reparte entere las posiciones 10 y 25 de la vertical y entre las posiciones 40 y 60 de la horizontal. El motivo por el que casi sale una correlación (p=0,06) es porque, entre los países de mucha igualdad, sólo están los países nórdicos juntos en el mismo sitio más o menos. Así pues, me hago la pregunta ¿si hubiera más países con mucha igualdad, estarían con los países nórdicos o se distribuirían en la vertical como hacen el resto de países alrededor de sus respectivos índices de igualdad? Otra forma de verlo es que no hay suficientes representantes de países con un alto índice de igualdad, y que podríamos estar llevándonos una impresión errónea de la distribución de la violencia en los países con un alto índice de igualdad. Así pues, veamos el resultado de quitar los países nórdicos.

Correlaciones que se mantienen:
  • La violencia física de alguien distinto del compañero sentimental
  • La violencia sexual de alguien distinto del compañero sentimental
  • La violencia sexual del compañero sentimental
  • El acoso
  • El acoso sexual
  • La policía no podía hacer nada (razón para no denunciar violencia del compañero sentimental) 
  • Miedo (razón para no denunciar acoso)
  • Lo resolví yo misma / me ayudó un amigo / problema familiar (razon para no denunciar acoso sexual)
  • Evitar ir a casa por miedo a lo que pudiera pasar allí (medidas para evitar asaltos)
  • Mujeres que creen que la violencia contra la mujer es bastante común
  • Conocimiento de víctimas entre la familia y amigos
  • Conocimiento de víctimas en el trabajo
Correlaciones que desaparecen al quitar los países nórdicos:
  • La violencia psicológica del compañero sentimental 
  • Miedo a las represalias (razón para no denunciar violencia del compañero sentimental)
  • Vergüenza (razón para no denunciar violencia del compañero sentimental)
  • Considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrió (razón para no denunciar violencia del compañero sentimental)
  • La policía no iba a hacer nada (razón para no denunciar violencia de alguien distinto al compañero sentimental)
  • Vergüenza (razón para no denunciar violencia de alguien distinto del compañero sentimental)
  • Considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrió (razón para no denunciar violencia de alguien distinto del compañero sentimental)
  • Vergüenza (razón para no denunciar acoso) 
  • Considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrió (razón para no denunciar acoso)
  • Considerarlo menor / poco serio / no se me ocurrió (razón para no denunciar acoso sexual)
  • Miedo a ser asaltada por un desconocido
  • Evitar salir de casa sola (medidas para evitar asaltos)
  • Evitar quedarse a solas con el jefe (medidas para evitar asaltos)

Correlaciones que aparecen al quitar los países nórdicos:
  • Las denuncias por acoso
A grandes rasgos, todas las correlaciones que tiene que ver con la violencia del compañero sentimental desaparecen, a excepción de la violencia sexual del compañero sentimental (aunque su p valor sube de 0,0003 a 0,024). Las correlaciones con la violencia de alguien distinto del compañero sentimental y de conocimiento de mujeres víctimas de violencia permanecen. El resto de correlaciones que permanecen están bastante aisladas.

Durante el análisis, el gran número de correlaciones con el índice de igualdad le daban mucho valor como predictor del estado de una sociedad en función del mismo. Sin embargo, que la presencia o no de los países nórdicos haga cambiar tanto el panorama es indicativo de que las correlaciones no son muy robustas (excepto lo indicado en el párrafo anterior) y que tal vez haya otros factores influyentes. Es destacable la ausencia de correlación con la violencia del compañero sentimental y la persistencia de la misma con la violencia de una persona distinta del compañero sentimental.

En el siguiente apartado comento otros factores que podrían influir en la violencia contra las mujeres.

Otros factores

No hay que dejar de recordar que hemos razonado a partir de un puñado de correlaciones y que las correlaciones no implican causalidad. Tal vez la violencia esté muy relacionada con el índice de igualdad o tal vez no tanto, tal vez sea otro factor todavía desconocido hasta ahora que causa que ambas vayan de la mano.

Una posibilidad es el distinto consumo de alcohol en cada país, sobre todo en lo relacionado con la violencia del compañero sentimental, ya que muchos estudios encuentran que las parejas violentas también abusan del alcohol en muchos casos. Sin embargo, no está claro hasta que punto influye, ya que otras causas pueden explicar la presencia del abuso del alcohol y de la violencia al mismo tiempo. Aquí teneis un informe [39] de la WHO sobre la influencia del alcohol en la violencia del compañero sentimental.

Otro factor es el nivel educativo de los hombres y mujeres. En la página 36 de la encuestra de la FRA podemos leer [20]:
women with higher levels of education experience higher levels of violence by non-partners: 19 % of women with primary education [...], whereas 22 % of women with secondary education and 27 % of women with tertiary education
Traducción:
Las mujeres con altos niveles de educación experimentan altos niveles de violencia de personas distintas del compañero sentimental: 19% de las mujeres con educación primaria [...], mientras que el 22% de las mujeres con educación secundaria y el 27% de las mujeres con eduación secundaria

Y en la página 38 de la encuesta de la FRA podemos leer [20]:
the higher the partner’s education, the lower the prevalence of physical and sexual violence perpetrated
Traducción:
cuanta más alta es la educación del compañero sentimental, la prevalencia de violencia física y sexual perpetrada es menor

Crítica a la defensa de la explicación feminista en la macroencuesta de la FRA

A lo largo del documento de resultados de la macroencuesta de la violencia contra la mujer de la FRA, se realiza una defensa de que la correlación entre el índice de igualdad y la violencia declarada por las mujeres es debido a que las mujeres tienen más tendencia a hablar de la violencia que padecen en países con mayor índice de igualdad.

Bulgaria en el punto de mira

En la página 158 [20] del informe de resultados de la macroencuesta del FRA, aparece un cuadro en el que se hace una defensa de que en Bulgaria las mujeres hablan poco de la violencia que reciben. Según la macroencuesta de la FRA, el 23% de las mujeres de Bulgaria han admitido ser víctimas de violencia física o sexual de algún compañero sentimental frente al 28% de las suecas.

De Bulgaria comentan que:
This could indicate low levels of violence [in Bulgaria], or these findings may indicate that domestic violence against women is considered largely a private matter, which is not shared even with family or friends, and as a result is rarely reported to the police or to other relevant institutions.
Traducción:
Esto puede indicar niveles bajos de violencia [en Bulgaria], o estos hallazgos pueden indicar que la violencia doméstica contra la mujer es considerada una cuestión privada, que no se comparte ni siquiera con la familia o los amigos, y como resultado no se denuncia a la policía o a las instituciones relevantes.
Sin embargo no varía mucho el ratio de denuncias. El 14% de las mujeres búlgaras víctimas de violencia por parte de sus parejas denunció los hechos, frente al 11% de las suecas.

Y cuando toca hablar de Suecia concluyen que:
these results imply that women in Sweden are more aware of the extent of the problem, and are more prone to talk about their experiences of violence with other people
Traducción:
estos resultados implican que las mujeres en Suecia están más concienciadas con el alcance del problema, y son más propensas a hablar acerca de sus experiencias de violencia con otra gente
Dado que estos países tienen unos números similares, ¿cómo alcanzan conclusiones tan diferentes? Pues porque Bulgaria tiene un índice de igualdad de 37 y Suecia de 74,3. Y, claro, no puede ser que países tan distintos tengan unos niveles de violencia similares. Lo razónan así:
This assumption is supported by a recent representative study carried out by Alpha Research in 2011 on Sexual violence against women in Bulgaria. This study showed that between 100,000 and 250,000 Bulgarian women aged  18 years and over (that is 11 % of all Bulgarian women) have been sexually abused; 4 % of women surveyed disclosed being a victim of rape; and 29 % of women knew of women victims of rape
Traducción (negritas mías):
Esta suposición está apoyada por un reciente estudio representativo llevado a cabo por Alpha Research en 2011, titulado "Sexual violence against women in Bulgaria".  Este estudio muestra que entre 100.000 y 250.000 búlgaras de 18 años o más (esto es el 11% de todas las mujeres de Bulgaria) han sido abusadas sexualmente; 4% de las mujeres encuestadas admitieron haber sido víctimas de violación; y 29% de las mujeres conocían a mujeres víctimas de violación
El estudio es uno que he citado antes [38], descargado de aquí. Lo primero, resulta llamativo que la estimación que arroja el estudio sobre la violencia sexual (11%) coincida con la incidencia de violencia sexual en Bulgaria según la propia encuesta de la FRA (12%). Dos encuestas independientes encuentran ratios muy similares de incidencia de la violencia sexual. Y también quiero señalar que lo primero que dicen es que todo esto es una suposición.

El dato de que el 29%  de las mujeres conocían otras mujeres víctimas de violación no he podido encontrarlo. Sólo he podido aceder a una presentación resumen del estudio, no al estudio en sí, con lo que no sé si ese número está ahí. Lo que sí puedo decir es que ese número viene con una citación numerada con el 9, y que si vamos al pie de pagina nos dirige al EWL barometer on rape inthe EU 2013 [40], página 19. Efectivamente, en la página 19 habla de la violencia sexual en Bulgaria, pero no cita ningún dato relevante.

women’s understanding of what constitutes sexual violence help explain the observed difference in prevalence rates, given that 79 % of women indicated ‘rape or attempted rape’ in their answer to the question “To which of the following do you relate ‘sexual violence’?”, whereas only 56 % of women indicated ‘domestic violence’ as a form of sexual violence, and relatively few women related verbal or physical forms of harassment such as ‘sexually suggestive remarks or jokes’ (31  %), ‘unwelcome touching’ (20 %) or ‘indecent exposure’ (11 %) to sexual violence
Traducción:
lo que las mujeres entienden que constituye violencia sexual ayuda a explicar la diferencia observada en los ratios de prevalencia, dado que 79% de las mujeres indicaron "violación o intento de violación" como respuesta a la pregunta "¿A cuáles de los siguientes ítems relacionas 'violencia sexual'?", mientras que sólo un 56% de las mujeres indicaron "violencia doméstica" como una forma de violencia sexual, y relativamente pocas mujeres relacionaron formas verbales o físicas de acoso como "bromas o comentarios sexualmente sugestivos" (31%), "tocamientos no deseados" (20%) o "exposición indecente" (11%) con la violencia sexual.
En este párrafo quieren dar la impresión de que una búlgara no sabe si ha sido víctima o no de violencia sexual porque no sabe lo que es violencia sexual. El problema es que sólo el primer ítem de la lista de preguntas está relacionado con lo que en la propia encuesta de la FRA entienden por violencia sexual hacia la persona (aunque entiendo que lo suyo es que "violación o intento de violación" tuviera una tasa de respuestas cercanas al 100%). El resto de ítems no está relacionado con esto (eg: "Trata sexual") o bien están considerados acoso sexual según la encuesta de la FRA.

Una cosa es que las mujeres consideren o no una broma sexual como violencia sexual, y otra distinta es que no sepan lo que es una broma sexual. Por eso las encuestas como las de la FRA pregunta por comportamientos concretos, para evitar la percepción subjetiva de las mujeres encuestadas.

Moreover, ‘only’ 54 % of women surveyed see sexual abuse against women as a ‘very severe problem’, 35 % stating it is ‘more or less severe’. According to the study, this is a specific form of belittling the problem caused, [...], by the fact that Bulgarian women are embarrassed to talk about sexual violence
Traducción:
Además, "sólo" el 54% de las mujeres encuestadas perciben el abuso sexual contra la mujer como un "problema muy severo", el 35% afirma que es "más o menos severo". De acuerdo al estudio, ésta es forma específica de menospreciar el problema causado, [...], por el hecho de que las mujeres búlgaras se avergüenzan de hablar sobre la violencia sexual.
Que las mujeres búlgaras tienen vergüenza para hablar de sus experiencias de violencia sexual está apoyado por los resultados de la encuesta. En los motivos para no denunciar violencia del compañero sentimental y de otros distintos del compañero sentimental destaca el motivo "Shame, embarrasment" (vergüenza) que arroja un 25% en el primer caso y un 31% en el segundo. Este último dato, además, el más alto de la UE.
According to the Alpha Research study, victims of sexual violence in Bulgaria remain silent because in 76 % of the cases the assailant was known to the victim and in just 5 % of the cases the perpetrator was convicted.
Traducción:
De acuerdo al estudio de Alpha Research, las víctimas de violencia sexual en Bulgaria permanecen calladas porque en el 76% de los casos el asaltante era un conocido de la víctima y sólo en un 5% de los casos el agresor fue condenado.
Los datos a los que se refiere este párrafo provienen de la página 6 de la presentación. Os dejo un pantallazo [38]:

En el título pone: "Reacción de las mujeres en caso de violencia"
Los cuatro apartados son:
La persona que ejerció violencia sexual era un conocido

Le has dicho a tus familiares acerca de la violencia sexual que has sufrido

Has denunciado a la policía la violencia sexual que has sufrido

La persona que te agredió sexualmente fue condenada en juicio

En la leyenda de debajo indica que el verde es "Sí", el rojo "No" y el gris "No responde". Finalmente, abajo del todo, en el centro, pone "Base: mujeres víctimas de violencia sexual".

Vemos que es cierto que en el 76% de los casos el agresor es un conocido. Sin embargo, ese 5% de condenas no está tan claro. Si nos fijamos en la imagen, ese 5% es sobre el total de mujeres víctimas de violación, no sobre el total de mujeres víctimas que denunciaron. Si hacemos los cálculos correspondientes, el ratio de condena es de 17,24%. Sigue siendo algo bajo, pero menos bajo.

Finalmente, rematan la faena con:
when it comes to knowing about women victims of domestic violence in a respondent’s circle of friends and family, the rates in Sweden shown in the FRA survey are high (47  %). Following the same line of argumentation as in the case of Bulgaria, these results imply that women in Sweden are more aware of the extent of the problem, and are more prone to talk about their experiences of violence with other people.
Traducción:
Cuando se trata de conocer acerca de mujeres víctimas de violencia doméstica en el círculo de amigos y familia de la encuestada, el ratio que muestra Suecia en la encuesta del FRA es alto (47%). Siguiendo la misma línea de argumentación que en el caso de Bulgaria, estos resultados implican que las mujeres en Suecia son más conscientes de la extensión del problema, y son más propensas a hablar de sus experiencias de violencia con otras personas.
Bulgaria no tiene un buen resultado en este concepto en la encuesta del FRA, arrojando un 25%, el segundo más bajo de la UE.

Todo lo anterior apoya las siguientes afirmaciones:
  • Las mujeres búlgaras creen que la violencia sexual en Bulgaria es menos importante porque perciben que hay menos violencia ya que las víctimas tienden a no hablar de ello con otras personas.
  • Las mujeres búlgaras denuncian poco por vergüenza (entre otros motivos), porque el ratio de condenas es bajo y, posiblemente, porque el agresor es un conocido.
El problema de esto es cómo inferimos de aquí que, si son preguntadas por sus experiencias de violencia por una entrevistadora, no las van a contar. Que crean que hay poca o mucha violencia contra la mujer en su país es irrelevante a la hora de contar su propia experiencia. Y respecto al segundo punto, precisamente, es que se ve en ambas encuestas (la de Bulgaria y la del FRA) que muchas más mujeres que las que denuncian o cuentan sus experiencias a sus familiares se las cuentan a las entrevistadoras. De hecho, gracias a eso que en la encuesta de la FRA encontramos que las mujeres búlgaras no denuncian sus experiencias por vergüenza. Si esta misma vergüenza impidiera contar sus experiencia de violencia a una entrevistadora, no nos enteraríamos de la existencia de esa vergüenza en primer lugar. Además es llamativo que la estimacion de violencia sexual arrojada por ambas encuestas sea muy similar (11% y 12%).

Vamos a plantear como ejercicio mental que Bulgaria pueda tener el sesgo comentado por las feministas. Según los resultados de la FRA, Bulgaria tiene una prevalencia de la violencia del compañero sentimental del 23% mientras que en Suecia es del 28%. Eliminar el sesgo supondría que la violencia real en Bulgaria debiera subir por encima del 30%, lo cual ya supone asumir que 1 de cada 3 víctimas no ha contado su experiencia. Dada la diferencia en el índice EIGE de igualdad (37 vs 74,3), es de esperar que el porcentaje de víctimas debe subir bastante por encima del 30% para que encaje dentro del modelo de más igualdad implica menos violencia, lo que hace esta posibilidad tanto más inverosimil.

Correlación no implica causalidad

En la página 31 [20] del informe de resultados aparece esté gráfico de dispersión:

Este es un gráfico que relaciona la prevalencia de la violencia física y sexual por parte de del compañero sentimental (eje de abscisas) y la violencia física y sexual por parte de cualquier persona diferente del compañero sentimental (eje de ordenadas). Podemos ver que existe una correlación entre ellas (más de la una tiene relación con más de la otra en términos generales). A este gráfico le sigue el siguiente comentario:
This correlation may suggest that partner and nonpartner violence do not take place in isolation and that this indicates the degree to which violence is prevalent both in public and in private life. It has also been suggested, however, that victimisation rates [...] reflect the extent to which it is socially acceptable to talk openly about violence – and, by extension, to talk about it in a survey [...]. 
To further support this argument [...]: with the exception of Latvia, no country displays high rates of partner violence together with low rates of non-partner violence. The correlation (0.724) between the experience of violence by two perpetrator groups (partner and non-partner) suggests the existence of underlying factors, which may be related to the extent of violence in a country or to the ways in which women respond to violent experiences and feel able to report them in a survey.
Traducción:
Esta correlación podría sugerir que la violencia del compañero sentimental y de otras personas no ocurren de manera independiente y que esto indica el grado en que la violencia es frecuente tanto en la vida privada como en la pública. También se ha sugerido, sin embargo, que las tasas de victimización [...] reflejan la extensión en la que es socialmente aceptable hablar abiertamente acerca de la violencia - y, por extensión, hablar de ello en una encuesta [...].

Para apoyar este argumento [...]: ningún país muestra altas tasa de violencia del compañero sentimental con tasas bajas de vilencia de otras personas. La correlación (0.724) entre la experiencia de violencia ejercida por los dos grupos de perpetradores (compañeros sentimentales y otros) sugiere la existencia de factores subyacentes, que pueden estar relacionados con la extensión de la violencia en un país o las formas en las que las mujeres responden a las experiencias violentas y se sienten capaces de contarlas en una encuesta.
Como puede verse en los párrafos citados, no importa las vueltas que le den. No pueden escapar de la posibilidad de que una sociedad en donde la violencia (o alguna de sus formas) este tolerada, estará tolerada dentro y fuera de la pareja. Como hemos visto en el análisis, más índice de igualdad está correlacionado con un mayor número de mujeres indicando que son víctimas, y la respuesta a este hecho es tratar de reinterpretar los resultados sugiriendo que el fondo de la cuestión es que las mujeres tienen miedo o vergüenza de hablar de sus experiencias. Para entender esto de manera gráfica, voy a reproducir el gráfico 2.4 que se encuentra en la página 32 del informe de resultados:


Pues bien, si seguimos con el modelo de que a más igualdad menos violencia y que el motivo de que salga esa gráfica es que en los países con menos igualdad las mujeres hablan menos de violencia, literalmente lo que están diciendo es que, si fuéramos omniscientes, la gráfica se invertiría completamente. O sea, la recta de tendencia sería descendente estando los países de menos igualdad a la derecha de los países nórdicos. Países como España, Irlanda, Eslovenia o Austria que tienen índices moderados de igualdad tendrían que duplicar su tasa como mínimo para estar a la misma altura que los países nórdicos y luego ir algo más allá.

En el apartado anterior hemos visto como la encuesta del FRA revelaba en Bulgaria (un país con un bajo índice de igualdad en la UE) que una de las principales razones de no denuncia es la vergüenza o bochorno que sienten las mujeres. Este sería un ejemplo en el cual se observa que las mujeres revelan en una encuesta lo que no revelan en otros ámbitos. En la propia encuesta de Alpha Research sobre la violencia sexual en Bulgaria, el 39% de las mujeres afirmaba no haber comentado sus experiencias con su familia pero, sin embargo, si se lo están contando a las entrevistadoras.

Esta claro que no todas las víctimas denuncia el delito, y no todas las víctimas hablarán de ello en una encuesta. Pero sigue sin demostrarse que haya una relación entre la cantidad de mujeres que no hablan de ello en una encuesta y el índice de igualdad en un país.

Austria & Polonia VS Dinamarca

En la página 63 [20] del informe hacen una comparación entre los tres países del título para, de nuevo, intentar colar la narrativa que venimos comentando.

For example, in Austria and Poland, compared with other EU Member States, respondents were less likely to say that they have been victims of partner violence, but in over 60 % of cases the most serious incident of partner violence had resulted in injuries. [...] In Denmark, which displays a relatively high rate of partner violence, 42 % of the most serious incidents of partner violence resulted in injuries. Therefore, respondents in Denmark were more likely to identify as the most serious incident a case which did not result in injuries, whereas respondents in Poland – a country which at first glance has a low rate of partner violence – suffered injuries in a majority of cases.
Traducción:
Por ejemplo, en Austria y Polonia, en comparación contros Estados Miembros de la UE, las encuestadas fueron menos propensas a decir que habian sido víctimas de violencia por parte del compañero sentimental, pero en más del 60% de los casos el incidente más serio de violencia del compañero sentimental resultó en lesiones. [...] En Dinamarca, que muestra una tasa relativamente alta de violencia del compañero sentimental, el 42% de los incidentes más serios de violencia del compañero sentimental resultaron en lesiones. Por lo tanto, las encuestadas en Dinamarca fueron más propensas a identificar como el incidente más serio un caso que no resultó en lesiones, mientras que las encuestadas en Polonia – un país que a primera vista tiene una baja tasa de violencia del compañero sentimental – sufrieron lesiones en la mayoría de los casos.
Lo primero de todo, vamos a ver la tasa de violencia del compañero sentimental en estos países. El 32% de las danesas se declararon víctimas, mientras que las polacas y las austriacas lo hicieron en un 13%. Lo que dicen en este párrafo es que como sólo el 42% de las víctimas danesas reconoció lesiones en el peor de los casos frente a un 60% de las víctimas de los otros países, las mujeres están mejor en Dinamarca. Vamos a verlo en un gráfico que se entiende mejor.
El total de las barras representa el total de mujeres declaradas víctimas (32% en Dinamarca, frente a 13% en Austria y Polonia). La parte roja representa la parte de las víctimas que declararon que su peor caso de violencia por parte de un compañero sentimental resultó en lesiones (18,56% en Dinamarca, frente a 7,8% en Austria y Polonia).


Aunque consideremos la parte roja de la barra solamente, las mujeres siguen mejor en Austria y Polonia que en Dinamarca.

Conclusión

He partido de la suposición inicial de que "a más igualdad, menos violencia contra la mujer" y los datos parece que muestran todo lo contrario. Y ante eso, he evaluado la validez de la idea de que las mujeres en los países con más igualdad hablan más de sus situaciones de violencia para explicar esta discrepancia, y los datos no parecen apoyar esta idea.

Hay que tener en cuenta que la posibilidad de que las mujeres no quieran revelar sus experiencias de violencia no se puede eliminar como factor, pero dista mucho de ser un factor con tanta influencia que explique las discrepancias de los datos respecto de la suposición inicial por sí solo. En caso contrario, hay que aceptar que númerosos estudios sobre la violencia contra la mujer están errados al no tener en cuenta este sesgo y sus resultados no valen para nada, porque distan mucho de reflejar la realidad social. Esto último parece muy poco probable.


Bibliografía

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2. Sweden and Denmark have highest rates of sexual harassment in Europe, Independent, 7 de Enero de 2016, http://www.independent.co.uk/news/world/europe/sweden-and-denmark-have-highest-number-of-sexual-assaults-in-europe-a6800901.html

3. Sweden stands out in domestic violence study, The Local, 5 de Marzo de 2014, https://www.thelocal.se/20140305/sweden-out-top-in-eu-domestic-violence-league

4. Violence against women: what the EU-wide survey tells us, The Guardian, 5 de Marzo de 2014, https://www.theguardian.com/news/datablog/2014/mar/05/violence-against-women-european-union-physical-sexual-abuse

5. Las cifras de violencia machista en los países nórdicos duplican las de España, Público, 29 de Agosto de 2015, http://www.publico.es/sociedad/cifras-violencia-genero-paises-nordicos.html

6. Países nórdicos, Wikipedia https://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADses_n%C3%B3rdicos

7. How does economic empowerment affect women's risk of intimate partner violence in low and middle income countries? A systematic review of published evidence, Vyas, Watts (2008) http://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1002/jid.1500/abstract;jsessionid=FD0A12058B4099698B80503B1E4E35FB.f03t04

8. Nordic Gender Equality Paradox, Sanandaji http://nordicparadox.se/#quick-facts

9. The Global Gender Gap Index Results in 2015, World Economic Forum, http://reports.weforum.org/global-gender-gap-report-2015/the-global-gender-gap-index-results-in-2015/

10. Gender Equality Ranked by the World Economic Forum: Rwanda Far Ahead of the U.S., National Review, 23 de Noviembre de 2015 http://www.nationalreview.com/article/427486/more-gender-equality-rwanda-us-says-world-economic-forum-right-celina-durgin

11. Human Development Report 2015, United Nations Development Programme http://hdr.undp.org/sites/default/files/2015_human_development_report.pdf

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